DURÁN LÓPEZ ARTURO /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: Que, se interpone recurso de amparo en favor de don Arturo Durán López, español, cédula de identidad chilena para extranjeros N°27.617.543-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en rechazar la solicitud de residencia definitiva del amparado y decretar orden de abandono en su contra en virtud de la Resolución Exenta N° 25329641 de fecha 12 de junio de 2025, vulnerando con ello la garantía constitucional relativa a la libertad personal y seguridad individual consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución administrativa impugnada. En cuanto a los antecedentes fácticos, los recurrentes exponen que el amparado, titular de visa temporaria, realizó solicitud de residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones con fecha 1 de junio de 2022, asignándole número de solicitud 47462775. Posteriormente, mediante Resolución Exenta N° 24581582 de fecha 17 de diciembre de 2024, se rechazó la solicitud por no adjuntar el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado. Con fecha 26 de marzo de 2025, el amparado envió vía correo certificado notarial su certificado de antecedentes penales español debidamente apostillado. Con fecha 11 de abril de 2025, se interpuso recurso de amparo ante esta Ilustrísima Corte bajo el Rol N° 932-2025, el cual fue acogido el 17 de abril de 2025, ordenando un nuevo análisis de los antecedentes. La Excelentísima Corte Suprema confirmó dicha sentencia el 6 de mayo de 2025. En cumplimiento de la sentencia, con fecha 20 de mayo de 2025, el Servicio Nacional de Migraciones retomó la tramitación solicitando certificado de antecedentes penales con plazo de 60 días. Sin embargo, encontrándose dentro del plazo, con fecha 2 de junio de 2025, remitió notificación previo rechazo solicitando certificado de antecedentes penales mexicano. El amparado envió el 12 de junio de 2025, mediant
Fundamentos
fundamentos jurídicos el acto administrativo es ilegal porque el certificado de antecedentes penales del país de origen en original, vigente y debidamente apostillado, ya se encuentra en poder de la Administración del Estado y fue remitido dentro del plazo otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones, no existiendo causal legal de rechazo. Asimismo, sostienen que la resolución vulnera el Principio de Reunificación Familiar, toda vez que el amparado se encuentra casado con doña María José Jiménez Martínez, chilena, cédula de identidad N° 13.882.939-1, constituyendo una unidad familiar protegida por la Constitución y tratados internacionales. Además, respecto de la orden de abandono, tanto el artículo 67 del Decreto Ley N° 1.094 de 1975 como el artículo 91 de la Ley N° 21.325 establecen la facultad de otorgar una visa de residencia de vigencia restringida en reemplazo de la orden de abandono, como ha ocurrido en casos similares. Finalmente, argumentan que la resolución carece de razonabilidad y proporcionalidad, siendo arbitraria al no cumplir con los estándares de motivación del acto administrativo exigidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema. Según el recurso, se han vulnerado los derechos constitucionales del amparado, específicamente el derecho a la libertad personal y seguridad individual del artículo 19 N° 7 de la Constitución, particularmente en su dimensión de libertad ambulatoria que comprende el derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, al impedírsele continuar su residencia en Chile mediante un acto administrativo ilegal y arbitrario que no se ajusta al principio de legalidad ni de proporcionalidad, afectando además la unidad familiar constitucionalmente protegida.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25329641 de fecha 12 de junio de 2025 del Servicio Nacional de Migraciones, se tenga por subsanada la solicitud relativa al certificado de antecedentes penales del país de origen del amparado, y se ordene a la recurrida emitir una nueva resolución que resuelva la solicitud de residencia definitiva conforme a derecho. Subsidiariamente, solicita se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y se condene en costas a la recurrida. Además, solicita orden de no innovar respecto de la orden de abandono para salvaguardar la libertad individual del amparado durante la tramitación del recurso. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente incorporó al proceso los siguientes instrumentos: 1) Hoja de identificación pasaporte español de don Arturo Durán López; 2) Cédula de identidad chilena para extranjeros; 3) Resolución Exenta N° 24581582 de fecha 17 de diciembre de 2024; 4) Certificado de antecedentes penales español apostillado; 5) Certificación notarial del envío por correo certificado de fecha 26 de marzo de 2025; 6) Ebook Recurso de amparo Rol N° 932-2025 de esta Ilustrísima Corte; 7) Ebook Recurso de apelación amparo Rol N° 13776-2025 de la Excelentísima Corte Suprema; 8) Comunicación del Servicio Nacional de Migraciones de fecha 20 de mayo de 2025; 9) Notificación previo rechazo de fecha 2 de junio de 2025; 10) Certificad
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Visto: Que, se interpone recurso de amparo en favor de don Arturo Durán López, español, cédula de identidad chilena para extranjeros N°27.617.543-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario consistente en rechazar la solicitud de residencia definitiva del amparado y decretar orden
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