BANCO DE CHILE / INMOBILIARIA DOMUS NOVA SPA
Rol
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el adjudicatario el quince de enero de dos mil veinticinco (folio N° 214), en contra de la resolución de nueve del mismo mes y año (folio N° 212). Devuélvase. N°Civil-2253-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el adjudicatario el quince de enero de dos mil veinticinco (folio N° 214), en contra de la resolución de nueve del mismo mes y año (folio N° 212). Devuélvase. N°Civil-2253-2025.
Texto Completo (Preview)
vvv C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Al folio N° 13: por recibidos los antecedentes, y conforme al mérito de los antecedentes observados en el expediente material, se tiene por cumplido lo ordenado por resolución de dos de mayo del año en curso. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definiti
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