ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiaria, respecto de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda vez. 2°) Que de la lectura del mencionado artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, se desprende que no fue regulado por el legislador en forma expresa las oportunidades en que la parte interesada podía solicitar el inicio del Procedimiento Extraordinario de cobro de pensiones alimenticias y, que la...
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiaria, respecto de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda
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