SIN INFORMACION

GONZALEZ ARELLANO MAIRA ROCIO/ SUSESO-COMPIN

Rol

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece doña Maira Rocío González Arellano, quien mediante un formulario interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), en razón de haber incurrido en un acción ilegal y arbitraria, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-UNAAD-01723-2025, de 7 de enero de 2025, por la Superintendencia de Seguridad Social, que denegó el pago de las licencias médicas N°s 103633897-7 y 104402679-8, extendidas por un total de 51 días a contar del 13 de junio de 2024, por reposo no justificado, afectando sus derechos constitucionales, por lo que solicita se deje sin efecto la referida resolución, ordenando el pago de las referidas licencias médicas. Segundo: Que evacua el informe respectivo la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN RM), indicando que la SUSESO confirmó el rechazo por parte de esta COMPIN R.M., de las licencias médicas N°103633897-7, 104402679-8, extendidas por un total de 51 días a contar del 13 de junio de 2024, por reposo no justificado. Refiere que las licencias médicas se rechazaron debido a que el reposo médico es extremadamente prolongado no justificando periodo otorgado y porque presentó informe médico por cuadro de síndrome del túnel carpiano el cual está demostrado por informe de exámenes, recibiendo tratamiento médico y kinésico de forma prolongada sin cambios a pesar del tratamiento adecuado, se realizó cirugía en octubre 2023, inició sesiones de terapia terminando en enero 2024, con persistencia de sintomatología, ordenándose nuevas sesiones de kinesioterapia, sin nuevos antecedentes, por lo que se mantiene el rechazo. Explica que recurrida dicha decisión ante la Superintendencia de Seguridad Social, ésta mediante Resolución Exenta N° R-01-UNAAD-01723-2025, de fecha 7 de enero de 2025 rechazó el recurso de reconsideración confirmando nuevamente

Fundamentos

considerando anterior, es concordante además con el hecho de que los antecedentes acompañados en procesos anteriores ya han sido ponderados por nuestros especialistas, por ende, aunque los acompañe nuevamente en una nueva solicitud de reconsideración, estos no serán considerados para dicho efecto, puesto que, como se señaló, ya fueron examinados, es decir, con ellos no resultará posible que se desvirtúe lo dictaminado previamente por este Organismo Fiscalizador…” Finalmente expresa que las actuaciones realizadas por COMPIN al decidir si aprobar o rechazar una licencia médica se enmarcan dentro de los parámetros objetivos que se han dispuesto con el fin de asegurar que el uso de las licencias médicas cumpla verdaderamente su finalidad terapéutica y de carácter transitorio mientras el trabajador recupera su salud para volver a ejercer sus funciones laborales, por lo que estima que la COMPIN ha actuado dentro del marco de sus facultades legales. Tercero: Que, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) informó alegando, en primer lugar, la improcedencia de la acción de protección frente a hechos que dicen relación con un derecho perteneciente al sistema de seguridad social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de la Carta Fundamental, el que no está amparado por la acción cautelar que motiva estos autos. En subsidio, en cuanto al fondo, expresa que la Sra. González recurrió ante esa Superintendencia solicitando se reconsidere el dictamen N° R-01-UME-186292-2024, por el cual se confirmó lo resuelto por la COMPIN REGIÓN METROPOLITANA, en orden de mantener el rechazo de las licencias médicas N°s 103633897-7, 104402679-8, extendidas por un total de 51 días a contar del 13 de junio de 2024, por reposo no justificado. Agrega que la parte recurrente no acompañó ningún nuevo antecedente que amerite efectuar un nuevo estudio de lo resuelto por ese Servicio. Por otra parte, se le hizo presente que para que se pueda efectuar una nueva revisión de la situación reclamada, es indispensable que acompañe a su solicitud nuevos antecedentes, que tengan el carácter de fundantes, lo que no ocurrió Finalmente niega la existencia de vulneración alguna a garantías fundamentales por cuanto la Superintendencia se ha limitado a ejercer las facultades que la ley le ha conferido, solicitando el rechazo de la acción constitucional, con costas. Cuarto: Que, en cuanto a la alegación de improcedencia del recurso, sobre la base que la garantía constitucional invocada, referida a que la seguridad social no está amparada por la acción ejercida, tal argumento carece de fundamento, en atención a que este Tribunal, dado el ámbito de la acción ejercida, tiene la capacidad de identificar la vulneración de otras garantías establecidas en el artículo 20 de la Constitución, teniendo para ello en consideración la naturaleza desformalizada de la acción. En efecto, el análisis del caso revela que el rechazo del pago de las licencias médicas se enlaza con otras garantías, refer

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el ya referido Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se resuelve que: I.- Se rechaza la alegación de improcedencia del recurso. II.- Se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Maira Rocío González Arellano. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N°997-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece doña Maira Rocío González Arellano, quien mediante un formulario interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), en razón de haber incurrido en un acción ilegal y arbitraria, c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica