SIN INFORMACION

CARDOZO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES

Rol

Fecha

25 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, de 25 de mayo del año en curso, comparece PAMELA CATALÁN DEVLAHOVIC, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, Centro Curicó, cédula nacional de identidad N° 8.804.744-3, domiciliada en Carrera 62, Comuna de Curicó, actuando en nombre del recurrente doña ELIZABETH RITA CARDOZO CASANOVA, venezolana, soltera, asesora del hogar, DNI venezolano N°16.689.736, domiciliado en pasaje 10 N°1789, Villa Eduardo Frei, Comuna de Curicó, quien viene en deducir acción de reclamación de expulsión en contra de la Resolución Exenta N° 25210675 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones el 11 de abril de 2025 y notificada Recurrente el día 15 de mayo de 2025, a través de la cual se determinó su expulsión del territorio nacional. Refiere que la recurrente en mayo de 2024, por razones humanitarias, decide emigrar al territorio nacional en busca de nuevas oportunidades, conforme al Informe Policial N° 442 de fecha 22 de mayo de 2024, procedente de la Policía de Investigaciones de Curicó, de la Policía de Investigaciones de Chile y se comunica al Servicio Nacional de Migraciones que la recurrente presuntamente habría hecho ingreso al país a través de un paso fronterizo no habilitado, eludiendo los controles migratorios. En dicha ocasión, la recurrente ingresa a territorio nacional y efectúa declaración voluntaria de ingreso por paso clandestino ante la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, según consta en Tarjeta de Identificación de Extranjero Infractor, emitida por la Policía de Investigaciones de Chile, de fecha 22 de mayo de 2024. Hace presente que la recurrente desde el primer momento que ingresó al país intentó ponerse a la orden de las autoridades, sin embargo, no es sino hasta el mes de mayo del presente año, que fue notificado mediante Oficio Ordinario de un procedimiento sancionatorio de expulsión en su contra por correo elect

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en la Ley Nº21.325, SE RECHAZA el recurso interpuesto por PAMELA CATALÁN DEVLAHOVIC, abogada, en favor de ELIZABETH RITA CARDOZO CASANOVA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 59-2025 -Contencioso Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticinco de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, de 25 de mayo del año en curso, comparece PAMELA CATALÁN DEVLAHOVIC, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, Centro Curicó, cédula nacional de identidad N° 8.804.744-3, domiciliada en Carrera 62, Comuna de Curicó, actuando en nombre del recurrente doña ELIZAB

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