10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ FELIPE ESTEAN FERNÁNDEZ GÓMEZ Y OTROS.

Rol

Fecha

21 de junio de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que cautelares del artículo 155 del mismo cuerpo legal, que se señalarán en lo resolutivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia catorce de junio del año en curso, dictada por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RIT 1361-2025 que decretó la prisión preventiva del imputado y se declara que se impone a Felipe Esteban Fernández Gómez las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistentes en arresto domiciliario total y arraigo nacional, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada contra el voto de la ministra señora Catepillán quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en alzada por sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2033-2025 Penal.

Fallo

se declara que se impone a Felipe Esteban Fernández Gómez las medidas cautelares contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistentes en arresto domiciliario total y arraigo nacional, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada contra el voto de la ministra señora Catepillán quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en alzada por sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°2033-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de junio de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol Corte: 2033-2025 Penal. RIT: 1361-2025 RUC: 2500823815-7 10°JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Relator: Carolina Cordero Jara. Caratulado: MP. C/ FELIPE ESTEAN FERNÁNDEZ GÓMEZ Y OTROS. Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: Tráfico ilícito de drogas. Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 3 y 4). San

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica