JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE RIO BUENO

DOEPKING/DOEPKING

Rol

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Habiéndose cumplido el plazo dentro del cual el juez partidor debió resolver lo pertinente a la petición formulada por el apelante, según resolución de esta Corte con fecha 22 de enero de 2025, se revoca la resolución en alzada y en su lugar se decreta; Remítanse los antecedentes al Juez Civil que corresponda de conformidad al artículo 651 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil para que dé cumplimiento a lo ordenado por esta Corte. Acordada con el voto en contra del abogado integrante don Claudio Aravena Bustos, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada Comuníquese. N°Civil-307-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Visto: Habiéndose cumplido el plazo dentro del cual el juez partidor debió resolver lo pertinente a la petición formulada por el apelante, según resolución de esta Corte con fecha 22 de enero de 2025, se revoca la resolución en alzada y en su lugar se decreta; Remítanse los antecedentes al Juez Civil que corresponda de conform

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