MUÑOZ/LICEO PARTICULAR SALESIANO MANUEL ARRIARAN BARROS Y RECTORA MARCELA YÁÑEZ MENDOZA
Rol
Fecha
19 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Soledad Muñoz González, abogada, en favor de su hijo Gonzalo Andrés Arévalo Muñoz, de actuales 10 años, interponiendo recurso de protección en contra de doña Marcela Johanna Yáñez Mendoza, Rectora del Liceo Salesiano Manuel Arriarán Barros, y en contra de la Congregación Salesiana (Sostenedor del Liceo Salesiano Manuel Arriarán Barros), por la falta de integración de Gonzalo al Programa de Integración Escolar (PIE) durante el 2024 y la no tramitación de su integración para el 2025, lo que atenta en contra de las garantías establecidas en el artículo 19 Nros. 1 y 2 de la Constitución Política de la República. Pide que se integre al Programa de Integración Escolar año 2025 a su hijo, o se le otorgue el acompañamiento de asistente de sala (tutor sombra); con costas de la causa. Sostiene que la persona en cuyo favor recurre es un niño diagnosticado con Trastorno de Déficit Atencional (TDA), Trastorno del Espectro Autista (TEA) y Trastorno de Ansiedad Generalizada (TAG). Indica que, a pesar de haber sido informado sobre su diagnóstico en octubre de 2024, el colegio no lo integró al PIE, lo cual le ha causado angustia emocional y dificultades en su desarrollo académico y social. Reporta incidentes de maltrato por parte de su profesora de lenguaje, lo que generó mayor ansiedad y problemas de comportamiento en Gonzalo. Expresa que el colegio ha mostrado falta de apoyo y adecuaciones necesarias para su condición, lo que ha sido sostenido por certificados médicos que indican un nivel alto de ansiedad y deterioro emocional. Alega vulneraciones a los derechos a la integridad psíquica y a la igualdad ante la ley, también menciona la Ley N°21.545, que promueve la inclusión y la protección de los derechos de personas con TEA, que no ha sido respetada por el establecimiento. Segundo: Que las recurridas informan sobre la situación del alumno, quien fue diagnosticado y cuya inclusión en el Programa de Integración Escola
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por María Soledad Muñoz González. Regístrese y archívese, en su oportunidad. 1113-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°20: a lo principal y otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María Soledad Muñoz González, abogada, en favor de su hijo Gonzalo Andrés Arévalo Muñoz, de actuales 10 años, interponiendo recurso de protección en contra de doña Marcela Johanna Yáñez Mendoza, Rectora del Liceo Salesian
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