3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

CONSTRUCTORA CASAA LIMITADA/GOBIERNO REGIONAL DE LA REGIÓN DEL BIOBIO

Rol

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Visto: Atendido que la interlocutoria de prueba es comprensiva de todos los puntos sobre los que hay discusión, excepto el signado con el N° 7, en que efectivamente lleva la razón el apelante al solicitar que se modifique en la forma propuesta. Y en conformidad con el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de tres de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-1483-2024, con declaración que se modifica el punto N° 7 de la interlocutoria de prueba, quedando éste del modo que sigue: “Efectividad de haber resultado la demandante empobrecida y la demandada enriquecida, sin causa justificada, por motivo del actuar de la demandada. Hechos y circunstancias que lo constituyen”. Devuélvase N°Civil-1332-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCP/shp Concepción, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Visto: Atendido que la interlocutoria de prueba es comprensiva de todos los puntos sobre los que hay discusión, excepto el signado con el N° 7, en que efectivamente lleva la razón el apelante al solicitar que se modifique en la forma propuesta. Y en conformidad con el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil

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