SIN INFORMACION

GARCÉS/YÁÑEZ

Rol

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Luis Ahumada Castillo, abogado, en representación de don Marco Antonio Garcés Arancibia, quien interpone en su favor recurso de protección en contra de don Ricardo Yáñez Reveco, General Director de Carabineros de Chile, por la omisión que estima ilegal y arbitraria, consistente en no haber emitido pronunciamiento sobre sumario administrativo seguido contra el recurrente por más de tres años, manteniendo pendiente dicho procedimiento, en contravención a los plazos legales y reglamentarios, lo que a su juicio vulnera la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, por lo que solicita que se restablezca el imperio del derecho, declarando el decaimiento del acto administrativo, particularmente el Sumario Administrativo dispuesto mediante la Orden de Sumario N° 15852/1, de 26 de agosto de 2021, con costas. El recurrente expone que ingresó a Carabineros de Chile el 1 de enero del año 2000, ascendiendo al grado de Mayor de Carabineros el 2 de enero de 2019, egresando de la Academia de Ciencias Policiales como Oficial Graduado, siendo destinado a la 37ª Comisaría de Carabineros de Chile en la comuna de Vitacura, el 21 de diciembre de 2020, desarrollando una carrera profesional intachable según consta en su hoja de vida. Menciona que el 18 de agosto de 2021, fue interpuesto en su contra el Reclamo N° R062904-2021, disponiéndose una investigación previa por parte de la Prefectura Santiago Andes. Como resultado de dicha investigación, el 26 de agosto de 2021, el Jefe de Zona de Carabineros Santiago Este, General Juan Camus Dávila, ordenó la instrucción de un Sumario Administrativo mediante la Orden de Sumario N° 15852/1. Refiere que, al retornar de un permiso, el Fiscal de la Prefectura Santiago Andes le notificó que se encontraba sometido a un Sumario Administrativo, ante lo cual el recurrente presentó su Renuncia al Empleo el 27 de agosto de 2021. Dicha renuncia fue tramitada median

Fundamentos

fundamentos jurídicos, el recurrente invoca la doctrina del decaimiento del acto administrativo, citando jurisprudencia de la Corte Suprema que la define como la extinción de un acto administrativo provocada por circunstancias sobrevinientes de hecho o de derecho que afectan su contenido jurídico, tornándolo inútil. Menciona específicamente la causa Rol de Corte Suprema N° 50696-2020, donde se establece que al encontrarse un procedimiento sustanciado por más de seis meses y materialmente paralizado por más de este plazo, corresponde declarar la imposibilidad material de continuarlo, de conformidad a lo previsto en el artículo 40 inciso segundo de la Ley N° 19.880. Argumenta finalmente que la extensión indebida del sumario administrativo vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, generando una diferencia arbitraria con otros imputados en procesos disciplinarios al interior de Carabineros de Chile, por lo que solicita en definitiva a esta Corte declarar el decaimiento del acto administrativo, particularmente el Sumario Administrativo dispuesto mediante la Orden de Sumario N° 15852/1, de 26 de agosto de 2021, con costas. Segundo: Que, informa don Jaime Elgueta Bustos, Director de Justicia y Auditor General de Carabineros de Chile, actuando por orden y delegación del General Director de la institución, quien informa al tenor del recurso de protección deducido, solicitando su rechazo, con costas. Relata en primer término que el recurrente se encuentra desvinculado de Carabineros de Chile, pues mientras tenía el grado de Mayor al interior de la institución, fue llamado a retiro temporal en virtud del Decreto Exento RA N° 280/1345/2021, de 23 de septiembre de 2021, de la Subsecretaría del Interior, a contar del 2 de octubre de 2021. Explica que el reclamo realizado en contra del recurrente tiene como fundamento que, en circunstancias que el actor se desempeñaba como Comisario de la 37ª Comisaría de Carabineros de Chile en la comuna de Vitacura, solicitó ayuda económica al reclamante, quien tenía buenas relaciones con el personal policial, para realizar arreglos en la Comisaría, y luego para reparar un vehículo radiopatrulla, siendo transferidas sumas de dinero a la cuenta personal del protegido, quien posteriormente le negó el ingreso a la unidad, por lo que el reclamo se vincula con la actitud del funcionario, pues ello afectó al reclamante en forma personal. Hace presente que en virtud de lo anterior se instruyó sumario administrativo en contra del entonces Mayor Garcés Arancibia por la Fiscalía Administrativa de la Prefectura Santiago Andes, verificándose el 27 de agosto de 2021 su toma de declaración, luego de lo cual presentó su renuncia, siendo remitida a la zona de Carabineros Santiago Este para su trámite respectivo. No obstante, la vista fiscal determinó el 9 de septiembre de 2021 que le asistió responsabilidad administrativa al funcionario, prop

Fallo

Fallo del Recurso de protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de don Marco Antonio Garcés Arancibia, en contra del General Director de Carabineros de Chile. Redacción a cargo de la abogada Sra. Vásquez Palma, quien no firma por encontrarse ausente. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-19887-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Luis Ahumada Castillo, abogado, en representación de don Marco Antonio Garcés Arancibia, quien interpone en su favor recurso de protección en contra de don Ricardo Yáñez Reveco, General Director de Carabineros de Chile, por la omisión que estima ilegal y arbitraria, consis

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