SIN INFORMACION

CASTILLO DIAZ MAURO GONZALO/COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAISO

Rol

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece vía formulario Mónica Núñez Lazcano, profesora, quien interpone recurso de amparo a favor de su pareja Mauro Gonzalo Castillo Díaz, y en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, donde actualmente se encuentra recluido el amparado, por no haber tenido contacto con él desde que ingresó a dicho penal, el 1 de mayo del presente, solicitando concretamente autorizar su visita. Expone que solo ha visto al amparado cuando fue trasladado desde el mencionado recinto penitenciario al Juzgado de Garantía de Viña del Mar y que no ha tenido visitas, por lo que no ha podido entregarle abrigo ni útiles de aseo. Afirma que el interno solicitó su traslado al módulo 103, pero no fue escuchado, encontrándose actualmente en el módulo 108 expuesto a una mayor precariedad. Refiere que, en mayo pasado, solicitó una “visita autorizada”, la que le fue denegada, por lo que pide en definitiva autorizar la visita para proveerle derechos básicos. A folio 8, informó el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, señalando que la Oficina de Clasificación y Segmentación Penal evaluó los antecedentes, informando que ha sido autorizado el traslado del interno Mauro Gonzalo Castillo Díaz al módulo 103 para recibir visitas. Precisa que el traslado ha sido aprobado con la condición de que el interno mantenga buen comportamiento y no cometa faltas al régimen interno para poder permanecer en dicha dependencia. A folio 9, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por la presente vía cautelar, la pareja del amparado solicita se autoricen las visitas al interno en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, toda vez que, desde su ingreso, el uno de mayo pasado, no ha podido visitarlo para proveerle sus “derechos básicos”, encontrándose en situación de precariedad en el módulo 108 que habita. Tercero: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, es competencia de Gendarmería de Chile, el determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos cumplen las medidas cautelares y las penas corporales que le han sido impuestas. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes y lo informado por el Complejo Penitenciario de Valparaíso, se advierte que se ha aprobado el traslado del amparado desde el módulo 108 al 103 del mismo recinto penitenciario, lo que le permitirá recibir visitas, de manera que el supuesto fáctico que motivó el presente recurso ha desaparecido. Quinto: Que, en consecuencia, no se advierte la existencia de algún acto ilegal que pueda afectar la seguridad individual del amparado que permita a esta Corte deba adoptar medidas en favor del interno, razón por la cual esta acción cautelar será desestimada, por haber perdido oportunidad. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Mauro Gonzalo Castillo Díaz, en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2168-2025. En Valparaíso, diecinueve de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece vía formulario Mónica Núñez Lazcano, profesora, quien interpone recurso de amparo a favor de su pareja Mauro Gonzalo Castillo Díaz, y en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso, donde actualmente se encuentra recluido el amparado, por no haber tenido contacto con él desde que ingresó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica