CONTRERAS/CORPORACIÓN XIX JUEGOS PANAMERICANOS SANTIAGO
Rol
Fecha
19 de junio de 2025
Materia
NULIDAD DEL DESPIDO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes, se confirma la resolución apelada de tres de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Pimer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7765-2024. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial señora Troncoso quien fue del parecer de revocar la resolución impugnada y en su lugar rechazar la solicitud de medida precautoria de retención de fondos efectuada por la demandante, por los siguientes
Fundamentos
motivos: 1) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 444 del Código del Trabajo -norma que regula especialmente el ejercicio de la potestad cautelar en los juicios laborales, sin perjuicio de la aplicación supletoria de las normas del Código de Procedimiento Civil al tenor de lo prescrito en el artículo 432 del primero de los cuerpos legales aludidos-, el juez puede decretar todas las medidas que estime necesarias para, entre otras hipótesis, asegurar el resultado de la acción, siempre que se acredite razonablemente el fundamento y la necesidad del derecho que se reclama. 2) Que en el caso de la especie, con los antecedentes hasta ahora disponibles y que han sido proporcionados tanto por la parte demandante como por las demandadas, no es posible estimar configurados el supuesto de acreditación razonable de la necesidad del derecho que se reclama, de modo tal que no pueden estimarse satisfechas, al menos por el momento, las exigencias que prevé la ley para que se decrete una medida cautelar como la pretendida. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-1279-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. A los folios 14 y 15: a todo, téngase presente. Vistos: Atendido al mérito de los antecedentes, se confirma la resolución apelada de tres de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Pimer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7765-2024. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial señora T
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