SIN INFORMACION

LUIS QUIÑONES CUERO Y OTRO/ CORTE DE APELACIONES PUERTO MONTT

Rol

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1º) Daniel Iván Fuenzalida Maturana, defensor penal público, en representación de David Quiñonez Cuero e Ivrain Reintería Cuero, imputados en prisión preventiva en causa sobre tráfico de droga en pequeñas cantidades, RUC 2500722081-5, RIT 595-2025, del Juzgado de Garantía de Quellón, recurre de amparo en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, impugnando la resolución de 10 de junio de 2025, que confirmó la decisión de primer grado, que decretó respecto de ambos imputados la medida cautelar de prisión preventiva. Sostiene que la resolución de la recurrida adolece de falta de fundamentación e infringe lo dispuesto en los artículos 36, 122 y 143 del Código Procesal Penal. 2º) Informaron los magistrados recurridos señalando que, en la dictación de la resolución impugnada, no se ha incurrido en un accionar ilegal o arbitrario, ya que han resuelto un recurso de apelación que incide en una medida cautelar, ejerciendo la actividad jurisdiccional que les es propia y con estricto apego a la ley. 3º) Por medio de este amparo se reprocha una resolución judicial dictada por otra Corte de Apelaciones en un proceso legalmente tramitado, en circunstancias que solo podría estimarse procedente el amparo constitucional ante situaciones extraordinarias, en las que, hipotéticamente, un tribunal sobrepasara los procedimientos y actuara arbitrariamente, con desprecio del recto ejercicio de la función jurisdiccional. Solo así, atendida la fuente normativa y naturaleza del arbitrio en análisis, en casos calificados, de inobservancia de garantías orgánicas y formas procesales mínimas, se torna imperativa la revisión extraordinaria de las actuaciones del órgano jurisdiccional, en tanto afecten en algún grado relevante la libertad personal y seguridad individual. 4º) Sin embargo, según el mérito de la acción deducida, lo discutido en estos antecedentes no es otra cosa que el grado de fundamentación que la ley reclama para la resolución impugnada, dictada en

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, además, lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de David Quiñonez Cuero e Ivrain Reintería Cuero. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-254-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Daniel Iván Fuenzalida Maturana, defensor penal público, en representación de David Quiñonez Cuero e Ivrain Reintería Cuero, imputados en prisión preventiva en causa sobre tráfico de droga en pequeñas cantidades, RUC 2500722081-5, RIT 595-2025, del Juzgado de Garantía de Quellón, recurre de amparo en contra de la I

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