CARRILLO/UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN (LOTERIA DE CONCEPCION
Rol
Fecha
19 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio N° 1, comparece don PABLO ANDRÉS CARRILLO CARILLO, Licenciado en Geofísica, domiciliado en El Carmelo Lote 24, km 2, camino a Lechagua, Ancud, quien interpone acción de protección en contra de la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, representada por su rector Carlos Saavedra Rubilar, por haberle negado la entrega de su título profesional de Licenciado en Geofísica, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos académicos, fundando tal negativa exclusivamente en la existencia de una deuda pendiente al Fondo Solidario de Crédito Universitario. Indica que ingresó a la carrera de Geofísica en el primer semestre de 2013. Egresó formalmente en el segundo semestre de 2021, habiendo aprobado todas las asignaturas y requisitos del plan de estudios. Añade que el día 13 de agosto de 2021 defendió exitosamente su tesis de grado, obteniendo así el grado académico de Licenciado en Geofísica, necesario para optar al título profesional de Geofísico. No obstante, a pesar de cumplir con todos los requisitos académicos, la Universidad se negó a entregar el título, argumentando la existencia de una deuda económica impaga correspondiente al Préstamo Estudiantil Interno. Manifiesta que la deuda fue contraída en 2014 por problemas económicos graves en su familia, derivadas de la cesantía simultánea de sus padres. Ha pagado parte de la deuda (19,724 UTM), restando aún un saldo de 69,936 UTM (aprox. $4.076.160). La retención del título ha impedido al recurrente acceder a empleos en su área, afectando su derecho al trabajo y perpetuando su situación económica precaria. Arguye que la Universidad está legalmente facultada para cobrar la deuda, pero no para condicionar un derecho académico a una obligación económica. El procedimiento de cobro de deudas es independiente del proceso académico. Reitera que la arbitrariedad de la negativa, no tiene fundamento, pues todos los requisitos curriculares han sido satisfechos, y la Universidad actúa sin base jurídica, vulnerando principio
Fundamentos
considerando: Primero: Que la presente acción se dirige contra UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, representada por su rector Carlos Saavedra Rubilar, por haberle negado la entrega de su título profesional de Licenciado en Geofísica, a pesar de haber cumplido con todos los requisitos académicos, fundando tal negativa exclusivamente en la existencia de una deuda pendiente al Fondo Solidario de Crédito Universitario. Segundo: Que, al evacuar informe la recurrida, refiere que, actualmente no hay impedimentos para el recurrente en orden a completar su proceso de graduación, ya que se le ha conferido el título profesional de Geofísico. Así, mediante Decreto N° 2024-5417 de la Universidad, con fecha 18 de agosto de 2021, se le otorgó el título profesional de Geofísico, esto se acredita con certificados emitidos por el Secretario General de la Universidad con fecha 18 de diciembre de 2024, por lo que sostiene pérdida de oportunidad del recurso, al haberse otorgado ya el título, el recurso carece de objeto actual y no existe acto arbitrario o ilegal que justifique su acogida, puesto que la solicitud del recurrente, consistente en que se le entregue el título, lo que ya ha sido satisfecho. Tercero: Que, habiéndose acompañado por la recurrida copia del certificado del título profesional de Geofísico de Pablo Andrés Carrillo Carrillo, la conducta reprochada en autos cesó, la acción efectivamente carece de objeto por haber perdido oportunidad, sin que exista actuación alguna que desplegar por esta Corte en sede cautelar de urgencia.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; y en el Acta N°94-2015 sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales y sus modificaciones posteriores, se declara: I.- Que se rechaza la acción interpuesta a folio N° 1, por PABLO ANDRÉS CARRILLO CARILLO, Licenciado en Geofísica, domiciliado en El Carmelo Lote 24, km 2, camino a Lechagua, Ancud, en contra de la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN. II.- Que cada parte pagará sus costas. Redacción a cargo del abogado integrante Mauricio Cárdenas García. No firma el Ministro (S) don Francisco del Campo Toledo quien concurrió a su vista y acuerdo por haber concluido su comisión de servicios. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Protección N° 1561-2024.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diecinueve, junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio N° 1, comparece don PABLO ANDRÉS CARRILLO CARILLO, Licenciado en Geofísica, domiciliado en El Carmelo Lote 24, km 2, camino a Lechagua, Ancud, quien interpone acción de protección en contra de la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, representada por su rector Carlos Saavedra Rubilar, por haberle negado la entrega de su título profesiona
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