/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL CHILLÁN
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: 1°.- Que, comparece la abogada y Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Javiera Mellado Valdés, quien en representación del condenado Sergio del Carmen Rosales Quilodrán, actualmente privado de libertad, y que cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, recurre de amparo constitucional en contra de la Resolución Exenta Nº72-2025, de fecha 11 de abril de 2025 de la Comisión de Libertad Condicional, por denegar la postulación del condenado, sin ajustarse a la normativa legal vigente, tornando su privación de libertad en arbitraria e ilegal. Refiere la recurrente, y como fundamento de su arbitrio, que su representado, don Sergio del Carmen Rosales Quilodrán, interno privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, cumple actualmente condena ascendente a 10 años y 1 día al ser condenado en calidad de autor del delito de homicidio. De acuerdo a la información entregada por la Sección de Estadística de Gendarmería de Chile, contenida en la Ficha Única de Condenado, su representado registra como fecha de inicio de condena el 28 de mayo del año 2022, teniendo como fecha de término estimada el 12 de julio de 2029, al haber sido beneficiado con meses de rebaja debido a su conducta sobresaliente, siendo la fecha de término original el día 12 de noviembre de 2029, por contar con 929 días de abonos por concepto de medidas cautelares. El tiempo mínimo para optar a Libertad Condicional se verifica el día 11 de noviembre del año 2024. Señala que la conducta registrada por el interno durante su vida intrapenitenciaria ha sido calificada como “Muy Buena”, no registrando faltas al régimen intrapenitenciario. En lo relativo a actividades de reinserción que derivan de su plan de intervención, su representado ha desarrollado diversas actividades en miras de su reinserción social, de las cuales se dan cuenta en el informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile. En atención a lo anterior,
Fundamentos
considerando que su representado cumple a cabalidad todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el Decreto Ley 321 y su Reglamento, Gendarmería de Chile postula a don Sergio Rosales Quilodrán para optar a la Libertad Condicional. Agrega que por Resolución Exenta N°72-2025 de fecha 11 de abril de 2025, la Comisión de Libertad Condicional rechaza la concesión de la misma, fundado en el siguiente argumento: “Que, no obstante que el solicitante SERGIO DEL CARMEN ROSALES QUILODRÁN, cumple con los requisitos contenidos en los numerales 1,2 y 3 del artículo 2 del referido Decreto Ley, esto es, mínimo de tiempo de cumplimiento de condena, haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de ésta y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, respectivamente, esta Comisión al realizar el análisis de los factores de riesgo de reincidencia delictual, con énfasis en los antecedentes sociales del interno, características de personalidad asociados a la conducta delictiva, conciencia de la gravedad del delito, del mal que este causa y su estadio de cambio respecto al rechazo explícito de tales delitos, considera que aún no se encuentra en condiciones de reinsertarse en la vida en sociedad. En efecto, si bien en el referido informe se señalan ciertos avances del interno en su preparación para una eventual reinserción social, el mismo instrumento da cuenta además que presenta altas necesidades de intervención en el factor uso de tiempo libre y medias necesidades en factores pares y en actitud y orientación procriminal, siendo medio su riesgo de reincidencia”. En virtud de lo anterior el amparado continúa privado de libertad, como consecuencia de un acto ilegal y arbitrario. En cuanto a los fundamentos de derecho en que basa la presente acción constitucional, expresa que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada Acción de Amparo Constitucional, señalando lo siguiente: “Todo individuo que se halle arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o las leyes, podrá ocurrir por sí o por cualquiera en su nombre, a la magistratura que señala la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. Considera que la resolución administrativa mediante la cual se rechaza la postulación de don Sergio Rosales Quilodrán al beneficio de Libertad Condicional, es un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal de su representado, estando en clara contravención a lo dispuesto por la Constitución y las Leyes, toda vez que se cumple a cabalidad con los requisitos dispuestos en el Decreto 321 y del Reglamento de Libertad Condicional que se encuentra vigente a la fecha. Desde otra perspectiva, expresa que el Decreto Ley 321 sobre Liberta
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por la abogada Defensora Penal Penitenciaria doña Javiera Mellado Valdés, en favor de don Sergio del Carmen Rosales Quilodrán, en contra de la Resolución Exenta Nº72-2025 de la Comisión de Libertad Condicional de Chillán de fecha 11 de abril de 2025, la que se deja sin efecto y se reconoce al amparado el derecho a la libertad condicional impetrada, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redacción a cargo del abogado integrante don Juan Antonio De La Hoz Fonseca, quien no firma por no haber integrado el día de hoy. ROL N° 163-2025-AMPARO.
Texto Completo (Preview)
Chillán, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Que, comparece la abogada y Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Javiera Mellado Valdés, quien en representación del condenado Sergio del Carmen Rosales Quilodrán, actualmente privado de libertad, y que cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, recurre de amparo constitucional en contra de la Resolu
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