SIN INFORMACION

SAINTIL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES

Rol

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Comparece don Waldy Saintil, de nacionalidad haitiana, cedula de identidad extranjeros 26.416.327-7, domiciliado en Errázuriz 1935 comuna de Valdivia e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, alegando la vulneración al derecho de libertad personal y seguridad individual del amparado por la dictación de la Resolución Exenta que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de 10 días posteriores a la notificación. Refiere que el 09 de diciembre de 2017 ingreso al país, realizando su solicitud de residencia definitiva con fecha 10 de febrero de 2021, momento en el cual se le requirió pagar una multa por encontrarse vencido el permiso de residencia temporal, la que no ha podido cumplir debido a errores de la página web del servicio. Argumenta que la resolución que por esta vía impugna, no cumple con los requisitos que se equiparan a su realidad actual por cuanto si cumple con los requisitos que le habilitan para residir en el país, haciendo presente que actualmente logró el pago de la multa cursada por el Servicio, por lo que adolecería de razonabilidad, proporcionalidad y fundamentación. Pide se deje sin efecto la Resolución Exenta que rechaza su solicitud de residencia definitiva y la orden de abandono, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental y decidir conforme a derecho su solicitud. 2°) Informó el Servicio Nacional de Migraciones, por medio de su abogado don Elver Luciano Noriega Arteaga, solicitando el rechazo de la acción. Refiere que el extranjero ingresó a chile 09 de diciembre 2017, por paso habilitado aeropuerto Arturo Merino Benítez. Que con fecha 25 de abril 2018, el extranjero solicitó visa temporaria por primera vez, se le otorgo visa mediante Resolución Exenta N°3007, de la Gobernación Provincial de Valdivia, Departamento de Extranjería y Migración, de fecha 09 de agosto 2018, po

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, además, lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Waldy Saintil, contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-238-2025. En Valdivia, dieciocho de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1°) Comparece don Waldy Saintil, de nacionalidad haitiana, cedula de identidad extranjeros 26.416.327-7, domiciliado en Errázuriz 1935 comuna de Valdivia e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, alegando la vulneración al derecho de libertad personal

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