SIN INFORMACION

ALEJANDRA ANDREA VERGARA NÚÑEZ /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

Rol

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece Alejandra Andrea Vergara Núñez, representada por el abogado Raimundo Palamara Stewart, quien interpone acción de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cruz, por los actos ilegales y arbitrarios materializados en el Decreto Alcaldicio N°1018 de 30 de abril de 2025, que resolvió declarar su salud incompatible con el cargo, vulnerando con ello los derechos constitucionales establecidos en los artículos 19 N °23, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Refiere que inició sus funciones para la I. Municipalidad de la Cruz el 1 de noviembre de 2013, obteniendo el cargo de planta en salud municipal desde el 31 de diciembre de 2021, en consecuencia, su trayectoria supera los 11 años, sin perjuicio de ello y pese a que su ausencia fue solo una pequeña fracción de su trayectoria laboral, la Municipalidad declaró su salud incompatible con el cargo, no obstante que la COMPIN declaró recuperable su salud y que ya se encuentra con alta médica. Señala que el legislador estableció en los artículos 87 y 110 de la ley N°18.883 como un derecho funcionario, el poder hacer uso de licencias médicas, resultando incompatible que el ejercicio de dicha garantía le pueda significar a la vez una sanción. Precisa que, anteriormente, se dejaba al arbitrio del alcalde la decisión de declarar vacante un cargo, en virtud de la aplicación del artículo 148 de la ley antes citada, prerrogativa que podía ejercer una vez transcurridos 180 días de licencias médicas. No obstante, ello cambió tras el pronunciamiento del Excmo. Tribunal Constitucional, en sentencia dictada en la causa Rol N°3006-16 del año 2016, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, en la que dicho Tribunal sostuvo que no basta el mero uso de licencias médicas, continuas o discontinuas, por un período superior a seis meses en los últimos dos años, para fundamentar la declaración de salud incompatible con el cargo. Agregó que, si existe efectivamente una condición

Fundamentos

Considerando la solicitud de evaluación de salud y recuperable realizada por su empleador ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ N° id 31450973 de: - Nombre funcionario: Alejandra Andrea - Apellido funcionario: Vergara Núñez.

Fallo

se declara que la salud del funcionario es recuperable, no resulta procedente aplicar la causal prevista en el artículo 148 de la Ley N°18.883. Menciona que, respecto de la irrecuperabilidad de la salud del funcionario, el artículo 152 del Estatuto Administrativo dispone que, una vez declarada dicha condición, el afectado debe retirarse de la Administración dentro del plazo de seis meses contado desde la notificación de la resolución que así lo declare. De no hacerlo dentro de dicho término, debe procederse a la declaración de vacancia del cargo. Por su parte, la Contraloría General de la República, mediante Dictamen N° 14.871, de fecha 26 de abril de 2017, ha señalado que la facultad del alcalde para declarar que la salud de un funcionario es incompatible con el ejercicio del cargo se encuentra legalmente limitada por la existencia de una declaración de salud irrecuperable. Hace presente que no ha sido citada a exámenes médicos y que se encuentra con alta médica otorgada por el profesional tratante. Debido a lo expuesto, solicita dejar sin efecto la Resolución que declaro vacante su cargo y que determino que su salud no era compatible con su cargo; que se ordene a la recurrida reincorporarla a sus funciones y proceder al pago de todas las remuneraciones y demás montos, con sus respectivos reajustes e intereses, bonos y aguinaldos correspondientes al periodo transcurrido entre la fecha de separación de las labores y su efectivo reingreso y, en definitiva, cualquier otra caus

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece Alejandra Andrea Vergara Núñez, representada por el abogado Raimundo Palamara Stewart, quien interpone acción de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cruz, por los actos ilegales y arbitrarios materializados en el Decreto Alcaldicio N°1018 de 30 de abril de 2025, que resolvió

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