SIN INFORMACION

ANGULO MOSQUERA RAFAEL / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (CLC)

Rol

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Ricardo González Ciudad, Defensor Penal Público Penitenciario, por el condenado Rafael Angulo Mosquera, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que con fecha veintiocho de abril de dos mil veinticinco rechazó conceder el beneficio de libertad condicional al condenado, actuación que estima ilegal, ya que a su juicio, cumpliría con todos los requisitos para acceder al beneficio. Expone que su representado estaría cumpliendo actualmente una pena de 5 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de drogas, con fecha de inicio de condena el día 14 de febrero de 2022, fecha de término el 15 de febrero de 2027, habiendo cumplido el tiempo para postular al beneficio de libertad condicional el día 15 de junio de este año. Hace presente además que su representado registra una conducta calificada como muy buena desde hace ya siete bimestres, razón por la que fue incluido en el presente proceso de libertad condicional. Que, sin embargo, con fecha veintiocho de abril pasado la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio al amparado. Reclama que dicha resolución es arbitraria e ilegal y vulnera la garantía constitucional de libertad personal de su representado, consagrada en el N°7 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Lo anterior, por cuanto dicha resolución no ha dado respecto a la normativa vigente sobre libertad condicional ni tampoco a la Ley N°19.880 de bases de los procedimientos administrativos. En primer lugar, señala que su representado si demuestra avances en su proceso de reinserción social, los que se demostrarían al haber cumplido el tiempo mínimo para postular, además de haber demostrado tener una conducta intachable con exceso al tiempo mínimo para postular de cuatro bimestres, lo que supone que participa de manera constante en actividades de reinser

Fundamentos

motivos del rechazo, no siendo suficientemente categórica para negar la concesión del beneficio. Indica que el informe señala que el postulante tiene un bajo compromiso delictual y presenta un riesgo de reincidencia medio, además se desempeña como peluquero en el lugar, y también que aprobó segundo nivel básico. Por todo lo anterior, solicita sea acogida la presente acción constitucional y, en definitiva, se deje sin efecto la resolución de veintiocho de marzo pasado dictada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se le conceda dicho beneficio. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que el amparado fue postulado al beneficio de libertad condicional y que mediante resolución, aclara, de fecha veinticuatro de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, la Comisión rechazó la concesión del beneficio correspondiente al segundo semestre de ese año. Hace presente que, la Comisión rechazó la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. La recurrida acompañó los antecedentes con los que el amparado fue postulado al beneficio, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, del que se extrae que el interno fue calificado con bajo compromiso delictual, y se encuentra cumpliendo condena de 5 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de drogas, registrando como fecha de inicio de condena el día 14 de febrero de 2022, fecha de término el día 15 de febrero de 2027, y con tiempo mínimo para acceder al beneficio cumplido el día 15 de junio pasado. Asimismo, se aprecia que el amparado no cuenta con beneficios intrapenitenciarios ni tampoco registra faltas al régimen interno. En su informe psicosocial de postulación se señala que el amparado mantiene un nivel de riesgo medio de reincidencia con necesidades e intervención criminógenas en áreas de educación/empleo, uso del tiempo libre, pares, actitud/orientación procriminal y patrón antisocial Se señala además que el amparado, de nacionalidad colombiana, no mantendría conciencia del daño ni el mal causado con los delitos cometidos, encontrándose en una etapa precontemplativa. Que las conductas delictivas habrían empezado en su vida como adulto, con la finalidad de acceder a bienes económicos, generándose un estilo de vida disfuncional, con desapego a pautas normativas y con escasos soportes sociales. Que no presentaría intervención especializada para personas privadas de libertad, encontrándose en lista de espera para este proceso. Finalmente, se indica que se evidencian factores de riesgo a nivel social, manteniendo a pares con desajustes conductuales como parte de sus procesos de socialización y el uso de drogas, no visualizándose en este periodo de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las á normas legales y reglamentarias citadas y en el art culo 21 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Rafael Angulo Mosquera y dirigido en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2393-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Al folio 6, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Ricardo González Ciudad, Defensor Penal Público Penitenciario, por el condenado Rafael Angulo Mosquera, quien actualmente cumple condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la C

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