VILLEGAS GORDILLO RICARDO NELSON /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, quienes interponen recurso de amparo constitucional en favor de Ricardo Nelson Villegas Gordillo, ecuatoriano, contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°22144624 de 17 de marzo de 2022, que rechaza su solicitud de regularización y ordena su abandono del país en un plazo de 30 días, actuación que consideran ilegal y arbitraria, atentatoria del derecho a la libertad personal del amparado, consagrado en el N°7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Respecto a los antecedentes fácticos, exponen que don Ricardo Nelson Villegas Gordillo, ingresó al país en calidad de turista el año 2020, y el 31 de mayo de 2021 solicitó la regularización migratoria siguiendo todas las instrucciones dispuestas por la legislación respecto del beneficio solicitado, adjuntando toda la documentación requerida por la autoridad migratoria, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Sin embargo, el 17 de marzo de 2022, fue notificado de la Resolución Exenta recurrida, mediante la cual se rechazó su solicitud de regularización migratoria y se dispuso su orden de abandono del país, fundado ello en la circunstancia de no cumplir suficientemente con los requisitos exigidos para acceder al beneficio solicitado, atendido que registra un ingreso regular al territorio nacional con posterioridad al 18 de marzo de 2020, en circunstancias que al tenor del artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325, ello impide acceder a la regularización, decisión que estiman absolutamente desajustada a la realidad de su representado. Precisan que el amparado cumple con todos los requisitos legales para el otorgamiento del beneficio migratorio de regularización, contando con recursos económicos suficientes para costear su residencia en el país, sin constituir una carga para el Estado, pues desarrolla un trabajo, cuyo contrato fue suscrit
Fundamentos
considerando que cuenta con arraigo laboral. Estiman que previo al rechazo reclamado, el Servicio debió haber solicitado antecedentes adicionales que permitiesen al actor acreditar su verdadera situación, o subsanar los defectos de los que adoleciera su petición. Asimismo, reclaman que la medida dispuesta, resulta ser desproporcionada, tomando en cuenta que el amparado cuenta con un certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado, y del cual se desprende que no registra ningún tipo de antecedente penal en su país de origen, manteniendo una buena conducta social, y además, mantiene vínculos acreditables, como el de su hermana de doble conjunción Bertha Alexandra Villegas Gordillo, cédula de identidad N°24.570.632-4, de nacionalidad ecuatoriana y residente definitivo.
Fallo
Por lo expuesto, solicitan que se deje sin efecto la resolución recurrida, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental, y decidir conforme a derecho su solicitud de visa de residencia temporal. Acompañan los siguientes documentos: copia de pasaporte del amparado, Resolución Exenta N°22144624 de 17 de marzo de 2022, certificado de antecedentes penales legalizado, copia de contrato de trabajo indefinido, certificado de cotizaciones previsionales de 11 de junio de 2025 y copia del anverso de cédula de identidad de doña Bertha Alexandra Villegas Gordillo. A folio 4, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones. Señala que el 2 de febrero de 2021 don Ricardo Nelson Villegas Gordillo solicitó regularización dispuesta de acuerdo con lo establecido en el artículo 8° transitorio de la Ley N°21.325, la cual consistía en un proceso de regularización, dirigido a los extranjeros que hubieren ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encontraren en situación migratoria irregular en el país. Con fecha 17 de marzo de 2022, mediante Resolución Exenta N°22144624 del Servicio Nacional de Migraciones, se rechazó la solicitud de regularización, atendido que el extranjero en mención no cumplía con los requisitos establecidos en el citado artículo 8° transitorio de la ley N°21.235 y la Resolución Exenta N°1769 de 2021, pues ingresó al territorio nacional en un plazo posterior al ya señalado, de lo que da
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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, quienes interponen recurso de amparo constitucional en favor de Ricardo Nelson Villegas Gordillo, ecuatoriano, contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°22144624 de 17 de marzo de 2022, qu
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