MINSITERIO PUBLICO NACIMIENTO C/ RICHARD ARNULFO WEGNER VALDEBENITO
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa del imputado Richard Arnulfo Wegner Valdebenito, formalizado como autor de delitos de desacato y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de consumados, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia de 10 de junio del presente año, por el Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado, cuestionando la imputabilidad del encausado, solicitando la revocación de la resolución en alzada y se ordene la libertad de su representado. 2°.- Que la defensa indica que no se trata de un problema jurídico sino de uno de carácter social y, en específico, de salud mental. Refiere que en la audiencia de revisión de medida cautelar acompañó un informe psiquiátrico que daría cuenta que su representado cursaba un brote psicótico, a la época de los hechos, por los que fue formalizado, que padece esquizofrenia paranoide y presenta consumo abusivo de sustancias ilícitas y de alcohol. También acompaña informe psicológico y social. 3°.- Que, el Ministerio Público solicita se mantenga la medida cautelar de prisión preventiva y al efecto da cuenta de los hechos de la formalización y de los numerosos incumplimientos en que ha incurrido el imputado, de las órdenes de prohibición de acercamiento a su progenitora, que han motivado que actualmente mantenga vigente cuatro causas por delito de desacato, además de la actual. A su vez, alude al parte policial de los antecedentes, el que contiene la dinámica de los hechos y la declaración de ambas víctimas, las notificaciones de las medidas cautelares que afectaban al imputado de prohibición de acercamiento a su madre. Respecto de los informes incorporados por la defensa señala que estos dan cuenta que el imputado no desea someterse a ningún tratamiento de salud mental, además, arguye que no existen antecedentes médicos previos que permitan sostener el diagnóstico concluido en el informe. Agrega que se trata
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C.A. de Concepción Concepción, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa del imputado Richard Arnulfo Wegner Valdebenito, formalizado como autor de delitos de desacato y amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de consumados, apeló en contra de la resolución dictada en audiencia de 10 de junio del presente año, por el Juzg
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