VALDÉS CON ORTIZ
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
ACCIONES DE DOMINIO ART. 26 DL 2695
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia apelada. Y se tiene además presente: Que, para confirmar el rechazo de las excepciones de cosa juzgada y litis pendencia, cabe tener presente, además, que la acción reivindicatoria ejercida en autos es la prevista en el artículo 26 del D.L. 2695, que se dirige en contra de quien regularizó la posesión de conformidad con dicha normativa y que logró la inscripción de la resolución del Servicio que acogió su solicitud, la que debe ejercerse dentro del plazo de dos años desde la referida inscripción, por lo que las acciones judiciales deducidas con anterioridad y que se hacen valer para invocar tales excepciones, no permiten configurarlas, desde que en tales procesos no se solicitó la reivindicación del predio regularizado, pues ello sólo se produjo con posterioridad, a saber, el 12 de diciembre de 2022, con la inscripción de la Resolución Exenta 753 de 20 de octubre de 2022, inscripción cuya cancelación sólo se ha solicitado en este procedimiento. Por tanto y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, recaída en los autos Rol C-1778-2023. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 997-2024 Civil, acumulada a causa Rol Corte 588-2025 Civil.
Fallo
Por tanto y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, recaída en los autos Rol C-1778-2023. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 997-2024 Civil, acumulada a causa Rol Corte 588-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada. Y se tiene además presente: Que, para confirmar el rechazo de las excepciones de cosa juzgada y litis pendencia, cabe tener presente, además, que la acción reivindicatoria ejercida en autos es la prevista en el artículo 26 del D.L. 2695, que se dirige en contra de quien regularizó la posesión de confo
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