CRISTIAN RODRIGO ZAMORA CALDERÓN /CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, Don Cristian Alejandro Miranda Castro, abogado, en representación de don Cristian Rodrigo Zamora Calderón, interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA, representado legalmente por don Francisco Sepúlveda Ramírez, por la ocurrencia de acto ilegal y arbitrario, que vulnera las garantías constitucionales, pues se han realizado descuentos por planilla del sueldo que recibe el recurrente, sin existir obligación alguna respecto del recurrente para con la recurrida solicitando que sea acogida y, de esta forma cese la vulneración a los derechos de mi representado. Señala que los meses de febrero, marzo y abril del presente año se han realizado descuentos al recurrido, según lo reflejado en las liquidaciones de sueldo por la suma de $ 302.875, (trescientos dos mil, ochocientos setenta y cinco) en el mes de febrero, $ 302.875 (trescientos dos mil, ochocientos setenta y cinco) y un monto de $ 38.824 (treinta y ocho mil, ochocientos veinticuatro) en el mes de marzo. Señala que el recurrente en el último tiempo se ha visto envuelto en problemas económicos, que lo han llevado incluso a presentar solicitudes de liquidación concursal en el tribunal que corresponde. Manifiesta que el recurrente contrajo una obligación civil, respecto de la cual, existe un procedimiento civil en su contra, pero siempre ha tenido conocimiento que la entidad acreedora, es la caja de compensación de los andes, y no la caja de compensación la araucana. No obstante, lo anterior, al leer las liquidaciones se dio cuenta que los descuentos señalados provenían de parte de Caja de compensación “LA ARAUCANA”, cuando, respecto de esta entidad no ha contraído obligación alguna. Hace presente que el recurrente el 20 de marzo del corriente, interpuso recurso de protección a su favor y en contra de caja de compensación Los Andes, el cual fue rechazado por cuanto los descuentos realizados eran efectuados por c
Fundamentos
considerando Primero: Que, el recurso de protección es una acción constitucional de naturaleza cautelar, destinada a restablecer el imperio del derecho cuando un acto u omisión arbitrario o ilegal priva, perturba o amenaza el legítimo ejercicio de las garantías fundamentales protegidas por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que, en la presente causa, el recurrente impugna el actuar arbitrario e ilegal de Caja De Compensación De Asignación Familiar La Araucana en atención a que en los meses de febrero, marzo y abril del presente año se le han realizado descuentos de sus remuneraciones por la recurrente, en circunstancias que contrajo un crédito, pero con Caja de compensacion los Andes y no con la recurrente, vulnerándose su derecho de propiedad. Tercero: Que, de acuerdo con lo informado por Caja de Compensación La Araucana, el recurrente mantenía un crédito, número de pagaré 119CON103190251, con la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes y en razón de ello la Caja de compensación La Araucana, mandatada por la Caja de Compensación Los Andes, solicita el descuento del crédito al empleador del recurrente. Cuarto: Que, del mismo modo, la Caja de Compensación Los andes informa que el recurrente ha solicitado 7 operaciones de crédito, respecto de las cuales solo en una, Operación de crédito N° 119CON103394230, se encuentra persiguiendo su cobró por la vía judicial, por lo que las demás operaciones se encontrarían plenamente vigentes. Quinto: Que, atendido los hechos asentados, no se aprecia que exista un actuar ilegal o arbitrario de parte de la recurrida, en el entendido que se encuentra ejerciendo una facultad que emana de la ley, en específico, del artículo 22 de la Ley 18.833, que ampara a las Cajas de Compensación para deducir de las remuneraciones de los afiliados los créditos adeudados, de manera tal, que el recurso de protección debe ser rechazado
Fallo
Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara: Que, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por don Cristian Rodrigo Zamora Calderón, interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2694-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, Don Cristian Alejandro Miranda Castro, abogado, en representación de don Cristian Rodrigo Zamora Calderón, interpone recurso de protección de garantías constitucionales en contra de CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA, representado legalmente por don Francisco Sepúlveda Ramírez, por
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