SIN INFORMACION

ORTIZ/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CONCHALÍ DE EDUCACIÓN, SALUD Y ATENCIÓN DE MENORES

Rol

Fecha

18 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Delina del Carmen Ortiz Palma, interponiendo recurso de protección en contra de la Corporación Municipal de Conchalí (CORESAM), por haber decidido no renovar su nombramiento a contrata para el año 2025. Actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello los derechos garantizados en el artículo 19 N°s 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que presta labores desde mayo del año 2019 en establecimientos de salud administrados por la Corporación Municipal de Conchalí, renovándose en forma sucesiva sus servicios hasta la época de presentación de su recurso. Agrega que comenzó a desempeñar labores de técnico nivel superior en enfermería a contrata, asimilada a la categoría 13. Señala que el 13 de diciembre de 2024, CORESAM le notifica el término de su contrato de trabajo, mediante comunicación del 10 de diciembre pasado. Argumenta que dicha causal resulta inaplicable porque la recurrente llevaba cinco años y siete meses en la dotación de salud, sin considerar el año trabajado a honorarios, lo que me permite acceder a la confianza legítima de que su contratación seguirá siendo renovada. Por estas razones, solicita se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la actuación recurrida; se disponga el reintegro de la protegida en su puesto de trabajo con la misma categoría y grado; se ordene el pago íntegro de las remuneraciones devengadas en el período de desvinculación y se condene en costas a la recurrida. SEGUNDO: Que don Sebastián Maldonado Tapia, abogado, en representación de la recurrida Corporación Municipal de Conchalí de Educación, Salud y Atención de Menores (en adelante "CORESAM"), evacúa el informe solicitando el rechazo del recurso de protección interpuesto por doña Tania Alvarado Sotomayor. Explica que la recurrente prestó servicios desde mayo de 2018, como técnico de nivel superior en enfermería. Luego, el 1 de mayo de 2019, habría sido contratada bajo modalid

Fallo

Por estas razones, solicita se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la actuación recurrida; se disponga el reintegro de la protegida en su puesto de trabajo con la misma categoría y grado; se ordene el pago íntegro de las remuneraciones devengadas en el período de desvinculación y se condene en costas a la recurrida. SEGUNDO: Que don Sebastián Maldonado Tapia, abogado, en representación de la recurrida Corporación Municipal de Conchalí de Educación, Salud y Atención de Menores (en adelante "CORESAM"), evacúa el informe solicitando el rechazo del recurso de protección interpuesto por doña Tania Alvarado Sotomayor. Explica que la recurrente prestó servicios desde mayo de 2018, como técnico de nivel superior en enfermería. Luego, el 1 de mayo de 2019, habría sido contratada bajo modalidad de contrato a plazo fijo conforme al artículo 14 inciso 3° de la Ley N° 19.378, acumulando al 31 de diciembre de 2024 aproximadamente 5 años y 7 meses de servicios. Mediante comunicación de 13 de diciembre de 2024, se le comunicó el término de su contrato por vencimiento del plazo. mediante entrega de documento de 10 de diciembre del mismo año, antecedente suscrito por la Secretaria General de CORESAM, y en virtud del cual se le confirma la decisión de la recurrida, de poner término a su contrato por vencimiento del plazo del contrato. Relata que ambas partes suscribieron anualmente y de manera libre y voluntaria, contratos a plazo fijo respecto del periodo 2019, 2020, 2021, 2022,

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo los escritos folios 19 y 22: a todo, téngase presente. Proveyendo el escrito folio 20: a sus antecedentes. Proveyendo el escrito folio 21: por improcedente, no ha lugar. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Delina del Carmen Ortiz Palma, interponiendo recurso de protección en contra de la Corporación Municipal de

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