C/ VERONICA DEL PILAR ALLENDES GUZMAN
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y conforme lo dispuesto en el artículo 37 de la ley 18.216, se confirma la sentencia de cuatro de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, en aquella parte que no concedió pena sustitutiva de la Ley N° 18.216 al sentenciado Sebastián Eduardo Reyes Tirao. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue de opinión de revocar la decisión en alzada en atención a la clara redacción del artículo 27 de la ley 18.216, en el sentido que, para que proceda la revocación de una pena sustitutiva el penado debe haber comenzado a cumplir la sanción y, en la especie, por lo informado tanto por el tribunal como por Gendarmería, nunca se produjo tal inicio. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-1536-2025.-
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a dieciocho de junio de dos mil veinticinco, a las 11:19 horas, ante la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo e integrada, además, por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo y la Abogada Integrante Sra. Pamela Prado López, para la vista del recu
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