SIN INFORMACION

LORCA PEÑA MARCELA /25° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: Primero: Que el 20 de marzo de 2025 compareció el abogado Raúl San Martín Rodríguez deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 14 de marzo del 2025 por parte del 25° Juzgado Civil de Santiago, mediante la cual se rechazó de plano el recurso de apelación deducido por su parte en contra de la sentencia interlocutoria que negó lugar a que sus representados -los demandantes- que absolvieran posiciones personalmente o representados por los mandatarios judiciales, por lo que solicita acogerlo, previo informe, ordenando dejar sin efecto la resolución que deniega la apelación y sea declarada admisible. Indica que como antecedentes se dictó una resolución que negó lugar a los demandantes a absolver posiciones mediante sus mandatarios judiciales y que en contra de dicha resolución, interpuso un recurso de apelación al cual no se dio lugar el 14 de marzo del 2025, por considerar que la resolución recurrida es inapelable de conformidad con lo previsto un artículo 326 del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 194 del citado código. Afirma que el juez aquo cometió un error, por cuanto el artículo 189 del Código de Enjuiciamiento Civil y la naturaleza jurídica de la resolución recurrida, le permiten hacer uso de la apelación directa o subsidiaria, lo cual fue realizado dentro del plazo, y de la forma en que se resolvió, afecta la garantía del debido proceso, en especial el derecho accionar y a solicitar amparo judicial, al restringir el derecho que tiene su representados a absolver posiciones. Seguidamente en virtud de lo dispuesto en los artículos 186, 194, 203 y siguientes solicita tener por interpuesto recurso de hecho y acogerlo Segundo: Que evacuando Informe doña Susana Rodríguez Muñoz, Jueza del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, indica que efectivamente ante dicho tribunal se sustancian los autos roles C-27.378-2019 caratulados “Lorca y otros/Banco Santander y Banco de Chile” en procedimiento ordinario. Manifiesta q

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado Raúl San Martín Rodríguez, apoderado de la parte demandante en los autos sobre juicio ordinario Rol N°27.378-2019 seguidos ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, contra la resolución dictada en ese proceso el catorce de marzo de dos mil veinticinco, en el sólo efecto devolutivo, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes que correspondan, oficiándose al efecto. Regístrese y archívese. N°Civil-4399-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: Que el 20 de marzo de 2025 compareció el abogado Raúl San Martín Rodríguez deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 14 de marzo del 2025 por parte del 25° Juzgado Civil de Santiago, mediante la cual se rechazó de plano el recurso de apelación deducido por su parte en contra de la senten

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