SIN INFORMACION

MOJICA FONTALVO JUAN CARLOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de Juan Carlos Mojica Fontalvo, de nacionalidad colombiana, en contra del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Los Andes, en razón de la privación de libertad con el objeto de materializar la medida de expulsión decretada en su contra, estimando conculcada la garantía del numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. En cuanto a los hechos, explica que el 27 de noviembre de 2021 ingresó a Chile, por paso no habilitado. Que, el 2 de agosto de 2022, se presentó voluntariamente efectuando su autodenuncia ante la PDI de Los Andes. Expresa que el 16 de diciembre de 2024, le fue notificada la Resolución Exenta N° 24555755, de 5 de diciembre de 2024, que ordena su expulsión del territorio nacional y una prohibición de ingreso por el término de 5 años. Agrega que la razón de ingresar a Chile, reencontrarse con su primea y sobrina y buscar una oportunidad para sí mismo. Indica que interpuso recurso especial de reclamación ante esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo rechazado por sentencia de 16 de enero de 2025. Refiere que el 9 de junio de 2025, recibió una llamada del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Los Andes, indicándole que debía acudir el 11 de junio del año en curso a dicha institución. Señala que, el día señalado fue privado de su libertad, indicándole que estaría en ese lugar hasta el 15 de junio y luego sería expulsado, lo que resulta ilegal. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, declarando la ilegalidad del procedimiento adoptado por los funcionarios del del departamento recurrido y ordenar modificar la privación de libertad, por una medida menos gravosa. A folio 6, evacúa informe Policía de Investigaciones, Prefectura Provincial de Los Andes, señalando que la Resolución Exenta N°24555755, de 5 de diciembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, fue notificada personalmente el 16 de diciembre de 2024. Agrega que,

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas la acción constitucional de amparo deducida en favor de Juan Carlos Mojica Fontalvo, en contra del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Los Andes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2171-2025. En Valparaíso, diecisiete de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone acción de amparo en favor de Juan Carlos Mojica Fontalvo, de nacionalidad colombiana, en contra del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Los Andes, en razón de la privación de libertad con el objeto de materializar la medida de expulsión decretada en su contra, estimando

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