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Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
OBLIGACIÓN DE HACER, CUMPLIMIENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, habiendo el tribunal recurrido exigido un requisito que no forma parte de aquellos propios de la etapa de admisibilidad en este tipo de procedimiento, alterando con ello la sustanciación regular del juicio, y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de fecha trece de enero de dos mil veinticinco, íntegramente transcrita en la carpeta digital, y en su lugar se dispone que el tribunal a quo deberá dictar la providencia que corresponda para dar curso progresivo a los autos. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 162-2025.- Civil.
Texto Completo (Preview)
La Serena, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, habiendo el tribunal recurrido exigido un requisito que no forma parte de aquellos propios de la etapa de admisibilidad en este tipo de procedimiento, alterando con ello la sustanciación regular del juicio, y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la
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