JULIO VALERIANO TORRES OVIEDO CON FISCO DE CHILE - C.D.E. ACUMULADA ROL 1325-2023
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Esta Corte comparte los criterios facticos y jurídicos de la jueza a quo, que apoyan su decisión de rechazo de las excepciones planteadas por el Fisco de Chile, así como también en lo relativo a la determinación de la responsabilidad de la demandada por los daños causados al demandante. 2°.- En lo que concierne al monto indemnizatorio, los hechos no discutidos por la demandada y aquellos acreditados por el tribunal de primer grado en el motivo 17°, permiten inferir que el actor sufrió un daño considerable, ocasionado por la detención y tortura de que fue víctima, que se traducen naturalmente en aflicciones, sentimientos de angustia y padecimientos físicos y psíquicos que deben ser resarcidos, ya que importan un daño moral cierto, lo que lleva a la confirmación de la condena por ese concepto, pero aumentando el monto indemnizatorio fijado prudencialmente en primera instancia en la forma que se dirá en lo resolutivo. 3°.- En cuanto a la situación de fallecimiento del demandante el 14 de abril de 2023, esto es, con posterioridad a la interposición de la demanda de autos, no corresponde emitir pronunciamiento alguno, en los términos planteados por el abogado del Consejo de Defensa del Estado, pues dicha parte ninguna petición formal ha realizado oportunamente, además, el patrocinio y poder conferidos al abogado demandante mantiene su vigencia y la existencia del juicio fue puesto en conocimiento de los herederos del actor. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la sentencia definitiva de seis de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción a folio 35 de los autos Rol C-100-2022, con declaración que se aumenta la indemnización por daño moral que el Fisco de Chile deberá pagar al demandante, a la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), con los reajustes e intereses señala
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas, la sentencia definitiva de seis de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción a folio 35 de los autos Rol C-100-2022, con declaración que se aumenta la indemnización por daño moral que el Fisco de Chile deberá pagar al demandante, a la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), con los reajustes e intereses señalados en la sentencia en alzada. Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase. Redacción del ministro señor Rodrigo Cerda San Martín. N°Civil-1324-2023 y acumulada Rol 1325-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCP/shp Concepción, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Esta Corte comparte los criterios facticos y jurídicos de la jueza a quo, que apoyan su decisión de rechazo de las excepciones planteadas por el Fisco de Chile, así como también en lo relativo a la determinación de la responsabilidad de la demandada por los daños causados al
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