JUZGADO DE FAMILIA CONCEPCIÓN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial que la denuncia que dio origen a la causa lo fue en estando domiciliada la denunciante en la comuna de Penco, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8°, 81 de la Ley 19.968, 14 de la Ley 20.066 y 109 del Código Orgánico de Tribunales, se resuelve: Que es competente para conocer de esta causa el Juzgado de Familia de Concepción, a quien se le remitirán todos los antecedentes del caso Comuníquese lo resuelto al referido tribunal como igualmente al Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Familia de Santa Juana. Devuélvase. N°Familia-687-2025.

Fallo

se resuelve: Que es competente para conocer de esta causa el Juzgado de Familia de Concepción, a quien se le remitirán todos los antecedentes del caso Comuníquese lo resuelto al referido tribunal como igualmente al Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Familia de Santa Juana. Devuélvase. N°Familia-687-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción DED/mfv Concepción, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial que la denuncia que dio origen a la causa lo fue en estando domiciliada la denunciante en la comuna de Penco, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8°, 81 de la Ley 19.968, 14 de la Ley 20.066 y 109 del Código Orgánico de Tribunales, se resuel

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