LORETO DEL PILAR HERRERA HERNÁNDEZ/SUPERINTENDENCIA DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, que en el recurso en análisis no se señalan hechos, con carácter indubitados, que puedan constituir vulneración a garantías constitucionales y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Enmiéndese el caratulado, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto a lo principal. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3268-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Enmiéndese el caratulado, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto a lo principal. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: No encontrándose implementada dicha forma de notificación, no ha lugar a lo solicitado. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3268-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Hog. Valparaíso, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio 1, Ingreso recurso: A lo principal: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, que en el recurso en análisis no se señalan hechos, con carácter indubitados, que puedan constituir vulneración a garantías constitucionales y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte
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