JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

MICCO/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADO CON COSTAS

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Hechos

VISTOS: En estos autos RIT I-86-2024, RUC 24-4-0596665-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, rol Corte 506-2024, por sentencia de fecha treinta de octubre de dos mil veinticuatro, se rechazó, con costas, la reclamación interpuesta por FINNING CHILE S.A., en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, declarando en consecuencia que la multa N°1995/24/38 de fecha 2 de julio de 2024, emitida por dicho servicio, queda en los mismos términos que fue impuesta. En contra de dicha sentencia, doña Macarena Parada Díaz, abogada, en representación de la reclamante FINNING CHILE S.A., interpuso recurso de nulidad, invocando en forma principal la causal genérica de nulidad establecida en el artículo 477, inciso primero del Código del Trabajo, por haber sido pronunciada la resolución con infracción de garantías constitucionales y en subsidio, la causal específica de nulidad establecida en el 478, letra b), del mismo código, por infracción manifiesta de las reglas de la sana crítica en la valoración de la prueba. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista en audiencia de fecha 19 de marzo de 2025, alegando los abogados don Sergio Olivares López, por el recurso y doña Vanessa Hormazábal Bahamondes, en contra del arbitrio, quedando lo actuado registrado en el sistema de audio.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente invoca como causal principal de nulidad, aquélla consagrada en el artículo 477 del Código del Trabajo que, en lo pertinente, establece que será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, disposición que relaciona con la norma del artículo 19 de la Constitución Política de la República: “La Constitución asegura a todas las personas: (...) 3º.- La igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos. Toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida (...)”. Previo al desarrollo de la causal, expuso que con fecha 2 de julio de 2024, la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta cursó una multa a Finning Chile S.A. por la suma de 60 UTM, equivalentes al monto de $3.958.020, al momento de cursarse la infracción, imputándole haber incurrido en la infracción del artículo 7, en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo, aduciendo que no se habrían otorgado los beneficios contractuales a los trabajadores, acordados libremente por las partes, al haberse cambiado los servicios de traslado a través de vans a servicios de transporte a través de buses de acercamiento, a partir del 6 de mayo de 2024. Agrega que la reclamación presentada en contra de la multa administrativa N° 1995/24/38 impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo Antofagasta, tiene por finalidad que se la deje sin efecto por haberse dictado con evidente transgresión del principio de congruencia que rige todos los actos administrativos, incluido el acto sancionatorio concretizado en la resolución de multa. En subsidio, solicita que la multa sea rebajada prudencialmente y, por último, pide que la Inspección sea condenada en costas en caso de ser totalmente vencida. Alega que, en la dictación de la sentencia recurrida, se refrendó un vicio de procedimiento que resultó en una infracción al núcleo mismo del derecho a defensa, ya que, como se expuso en el recurso de reclamación, la sustanciación de la fiscalización estuvo marcada por haberse efectuado un requerimiento de documentación respecto de una muestra de trabajadores que en nada se condice con la muestra de trabajadores en relación con los cuales se cursó la multa, pudiendo corroborarse, del cotejo del acta de notificación de requerimiento de documentación de fecha 17 de junio de 2024, con la resolución de multa N° 1995/24/38, aplicada con fecha 2 de julio de 2024, que la infracción es de tal magnitud que ningún trabajador coincide, de lo cual resulta legítimo cuestionar, por este motivo, la constitucionalidad de la sentencia en cuanto refrenda el pro

Fallo

por tanto, sustancial, pues en el curso de la fiscalización derechamente se le impidió a su representada presentar elemento probatorio alguno que le permitiese acreditar que no incurrió en un incumplimiento al estatuto laboral, volviendo impracticable el ejercicio del derecho a defensa de Finning, sosteniendo que dicha circunstancia es señalada por la doctrina como un quebrantamiento de un derecho en su esencia, lo cual configura el requisito de trascendencia exigido para la procedencia del recurso de autos. Agrega que, en la sustanciación del procedimiento de fiscalización, avalado por el juez de instancia a pesar de su contravención evidente a la garantía constitucional de defensa, se incurrió en una segunda conculcación a tal derecho fundamental, en tanto, como se desprende de los hechos de la causa, y fue corroborado por la Inspección en audiencia única, el procedimiento de fiscalización se inició por una eventual vulneración de derechos fundamentales de trabajadores que no logró ser acreditada, pese a lo cual la labor de supervigilancia de la IPT de Antofagasta resultó en la imposición de una multa por un hecho infractor del todo distinto, a saber, el quebrantamiento de una supuesta cláusula tácita por parte de la Empresa. Argumenta que la fiscalizadora de la multa reclamada, doña Stephanie Gizeth Rodríguez George, tomando como base las declaraciones prestadas por trabajadores en el marco de la investigación de una eventual infracción a derechos fundamentales, efectuad

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Antofagasta, a diecisiete de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos RIT I-86-2024, RUC 24-4-0596665-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, rol Corte 506-2024, por sentencia de fecha treinta de octubre de dos mil veinticuatro, se rechazó, con costas, la reclamación interpuesta por FINNING CHILE S.A., en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, decl

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