RECURSO DE PROTECCIÓN JESUS CELESTINO MAGDAN CASTAÑON EN CONTRA DE FORESTAL MININCO S.A
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Teniendo presente: 1°) Que, a folio 1 ha comparecido don Jesús Magadán Castañón, quien deduce un recurso de protección en contra de Forestal Mininco S.A., y solicita el alzamiento de las medidas prejudiciales decretadas que recaen sobre los inmuebles de su propiedad. 2°) Que, como puede apreciarse su solicitud se relaciona con un proceso judicial llevado ante otro Tribunal. 3°) Que, como reiteradamente ha sostenido la jurisprudencia de esta Corte, el recurso de protección no constituye una vía alternativa ni paralela para impugnar resoluciones o sentencias judiciales firmes o ejecutoriadas, ni menos para sustituir los recursos que el legislador expresamente ha previsto para tales fines. Admitir lo contrario significaría desnaturalizar la acción cautelar prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, transformándola en una nueva instancia, lo que está expresamente proscrito. 4°) Que, por consiguiente, no concurre en la especie una acción u omisión arbitraria o ilegal distinta a un acto jurisdiccional que pudiera ser corregido por esta vía constitucional, no siendo el recurso de protección el mecanismo idóneo para intervenir en un proceso judicial llevado ante el órgano jurisdiccional competente. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y 19 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio 1. Al primer y segundo otrosí: Estese a lo resuelto. Archívese. N°Protección-2488-2025 (pvb).
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y 19 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio 1. Al primer y segundo otrosí: Estese a lo resuelto. Archívese. N°Protección-2488-2025 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Teniendo presente: 1°) Que, a folio 1 ha comparecido don Jesús Magadán Castañón, quien deduce un recurso de protección en contra de Forestal Mininco S.A., y solicita el alzamiento de las medidas prejudiciales decretadas que recaen sobre los inmuebles de su propiedad. 2°) Que, como puede
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