YORALBER JUSTO PUCHE Y OTROS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR.
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 12 de junio de 2025, a folio 1, comparece Carolina Hidalgo Fiol, abogada, en favor de (1) YORALBER ENRIQUE JUSTO PUCHE de 12 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°3220 del año 2020 del estado Zulia, representado por su madre doña Edimar Carolina Puche Rojas, cédula venezolana de identidad N°12613166, soltero, independiente; (2) JORGE DAVID MÚJICA CASTAÑEDA de 11 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°2191 del año 2019 del estado Lara, representado por su madre doña Dayana Rosmery Castañeda Montilla, cédula venezolana de identidad N°27.142.703.4, soltero, ama de casa; (3) GENESIS YEINMAR COLMENARES RODRÍGUEZ de 13 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°062 del año 2018 del estado Táchira, (4) LIONEL MATEO COLMENARES RODRÍGUEZ de 7 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°270 del año 2018 del estado Táchira y (5) YOIKER SMITH COLMENARES RODRÍGUEZ de 11 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°53 del año 2018 del estado Táchira, todos representados por su madre doña Jessika Karina Rodríguez Monterrey, cedula de identidad N°28.512.556-1, casada, vendedora; (6) CHRISTOPHER ALEJANDRO MUJICA MAVAREZ de 13 años de edad, con documento de identidad, Acta de nacimiento N°671 del año 2019 del estado Zulia, representado por su madre doña Ana Karina Mavarez Molleja, cédula de identidad N°27.450.902-3, soltero, recepcionista; (7) ISAAC ALEJANDRO CEBALLOS BUSTAMANTE de 13 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°973 del año 2021 del estado Barinas, representado por su madre doña Diana Carolina Ceballos Bustamante, cédula de identidad N°26.960.331-3, casado, ama de casa; (8) JONATHAN ALEXANDER OLAIZOLA GALLARDO de 7 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°3501 del año 2019 del estado Aragua, representado por su padre don Carlos Luis Olaizola Viloria, cédula de identidad N°27.674.5
Fallo
por tanto, tampoco respecto de la correspondencia del resto de documentos entregados a su nombre, la autoridad migratoria determina archivar la solicitud. Finalmente, y en virtud del artículo 4° de la Ley 21.325, al ser el recurrente perteneciente al grupo de niños, niñas y adolescentes, no se encuentra sujeto a las sanciones administrativas previstas en esta ley. Luego expone que la acción de amparo es improcedente, pues el Servicio no ha dictado resolución ni decreto que disponga el abandono, la expulsión o alguna sanción en contra del amparado que restrinja o prohíba el tránsito, egreso o ingreso al territorio nacional. En virtud de lo anterior, no es procedente establecer la existencia de algún acto que emane de la autoridad aquí representada que pueda vulnerar, perturbar o amenazar la libertad personal y seguridad individual del recurrente, que son los bienes jurídicos que esta acción constitucional protege. A su vez, la resolución impugnada que archivó la solicitud temporal del amparado fue dictada por autoridad competente y dentro de la esfera de sus atribuciones. Posteriormente se refiere al trámite de solicitud de residencia temporal para niños, niñas y adolescentes y, finalmente, concluye solicitando tener por evacuado el informe requerido en autos, solicitando desde ya el rechazo de la presente acción constitucional de amparo en todas sus partes respecto del extranjero amparado por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria por parte de esta autoridad que
Texto Completo (Preview)
Talca, diecisiete de junio dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, el 12 de junio de 2025, a folio 1, comparece Carolina Hidalgo Fiol, abogada, en favor de (1) YORALBER ENRIQUE JUSTO PUCHE de 12 años de edad, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N°3220 del año 2020 del estado Zulia, representado por su madre doña Edimar Carolina Puche Rojas, cédula venezolana de ide
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica