VÍCTOR GABRIEL URIBE MANSILLA/CORTE DE APELACIONES PUERTO MONTT
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1º) Francisco Javier Hernández Hormazábal, abogado, en representación de Víctor Gabriel Uribe Mansilla, condenado a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de robo con violencia frustrado, RUC 2300055443-K, RIT 9-2023, del Juzgado de Garantía de Maullín, recurre de amparo en contra de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Puerto Montt, impugnando la resolución de 8 de julio de 2024 que, confirmando la sentencia de primer grado, decidió rechazar su solicitud de pena sustitutiva. Sostiene que la resolución de la recurrida adolece de falta de fundamentación y desatiende la doctrina y la jurisprudencia relativa a los requisitos para acceder a las penas sustitutivas de la Ley Nº18.216. 2º) Informaron los magistrados recurridos señalando que, en la dictación de la resolución impugnada, no se ha incurrido en un accionar ilegal o arbitrario, ya que han resuelto un recurso de apelación que incide en una medida cautelar, ejerciendo la actividad jurisdiccional que les es propia y con estricto apego a la ley. 3º) Por medio de este amparo se reprocha una resolución judicial dictada por otra Corte de Apelaciones en un proceso legalmente tramitado, en circunstancias que solo podría estimarse procedente el amparo constitucional ante situaciones extraordinarias, en las que, hipotéticamente, un tribunal sobrepasara los procedimientos y actuara arbitrariamente, con desprecio del recto ejercicio de la función jurisdiccional. Solo así, atendida la fuente normativa y naturaleza del arbitrio en análisis, en casos calificados, de inobservancia de garantías orgánicas y formas procesales mínimas, se torna imperativa la revisión extraordinaria de las actuaciones del órgano jurisdiccional, en tanto afecten en algún grado relevante la libertad personal y seguridad individual. 4º) Sin embargo, según el mérito de la acción deducida, lo discutido en estos antecedentes no es otra cosa que el grado de fundamentación que la ley reclama para la resolución impu
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Víctor Gabriel Uribe Mansilla. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-249-2025.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Francisco Javier Hernández Hormazábal, abogado, en representación de Víctor Gabriel Uribe Mansilla, condenado a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de robo con violencia frustrado, RUC 2300055443-K, RIT 9-2023, del Juzgado de Garantía de Maullín, recurre de amparo en contra de la Ilustrísima Corte de
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