SIN INFORMACION

JOSE LUIS PALMA LOPEZ CONTRA COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1) Comparece doña Aida González Moreno, defensora penal, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don José Luis Palma López, cédula nacional de identidad N°13.079.954-K, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia, contra la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de 9 de abril de 2025 en causa Rol 133-2025 (Com. Lib. Cond.), rechazó por unanimidad la concesión del beneficio de la libertad condicional de su representado, lesionando su derecho a la libertad personal garantizado en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y solicita que se deje sin efecto dicha resolución, otorgándole en definitiva dicho beneficio. Refiere que su representado se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: 4 años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con fuerza en lugar habitado; 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual como autor del delito de receptación de vehículo motorizado; 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y accesorias legales como autor de un delito consumado de daños simples; y 61días de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional debida. Su conducta ha sido calificada como muy buena en los últimos 4 bimestres y cumplió el tiempo mínimo para postular al beneficio el año 2024. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N°321 de 1925, y sus modificaciones. Solicita se acoja la acción y se otorgue al amparado el beneficio de cumplir bajo el régimen de Libertad condicional el saldo de la pena que actualmente sirve, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para ello.  2) Para una adecuada resolución jurídica de la controversia, es necesario tener en cuenta que el artículo 1 del Decreto Ley N°321, del Ministerio de Justicia, modificado por la Ley N°21.124, de 18 de enero de 2019, dispone que “La libertad condicional es un medio de prueba de que la persona condenada a una pena privativa de libertad y a quien se le concediere, demuestra, al momento de postular a este beneficio, avances en su proceso de reinserción social”. A su turno, el artículo 2 del mismo Decreto, señala: “Toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración podrá postular al beneficio de libertad condicional, siempre que cumpla con los siguientes requisitos (...) 3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de cono

Fallo

Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de don José Luis Palma López, cédula nacional de identidad N°13.079.954-K, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valdivia. Se previene que el Abogado Integrante Sr. Juan Andrés Varas Braun, concurrió a la decisión de rechazo por motivo diverso, esto es, por estimar que el recurso de amparo no constituye la vía jurídicamente apropiada para impugnar decisiones de órganos que han obrado dentro de sus competencias y sin ilegalidad de ninguna clase. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-247-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1) Comparece doña Aida González Moreno, defensora penal, y deduce acción constitucional de amparo en favor del condenado privado de libertad don José Luis Palma López, cédula nacional de identidad N°13.079.954-K, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valdivia, contr

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