SIN INFORMACION

GUTIÉRREZ ALTAMIRANO CAROLINA ANDREA / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Carolina Gutiérrez Altamirano, patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UME-30802-2025 de 11 de marzo de 2025, que confirmó el rechazo de licencias médicas N°19626309-8, N°110182069-2, por estimar que el reposo no estaba justificado, y no emitió pronunciamiento respecto a la N°110968406-2; que habían sido extendidas por un total de cincuenta y nueve días a contar del diecinueve de octubre de dos mil veinticuatro, actuar que considera ilegal y arbitrario y vulnera sus garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que el 18 de diciembre de 2024, la Dra. Camila Santiago diagnosticó a la paciente con un episodio depresivo en un contexto familiar que ha causado trastornos de ansiedad recurrentes. La Escala de Evaluación de la Actividad Global mostró un puntaje inferior a 30, evidenciando una afectación psicosocial significativa, por lo que se recomendó tratamiento interdisciplinario psicológico y psiquiátrico hasta finales de 2024. Agrega que, posteriormente, la psicóloga Jessica Gómez confirmó que, aunque había mejoría, el reintegro laboral debería postergarse hasta finales de 2024, recomendando continuar el tratamiento farmacológico para asegurar una adecuada reinserción laboral. Luego, el 13 de enero de 2025, el Dr. Juan Torres emitió un nuevo informe diagnosticando ansiedad y depresión post-parto, declarando la condición incompatible con el trabajo y prescribiendo Fluoxetina, Clotiazepam y Quetiapina. Afirma que, a pesar de estos informes, la COMPIN rechazó las licencias médicas, lo que llevó a la paciente a presentar un recurso ante la Superintendencia de Seguridad Social el 17 de enero pasado. No obstante, mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-30802-2025 del 11 de marzo de 2025, la Superintendencia rechazó las li

Fundamentos

fundamentos adecuados para rechazar las licencias médicas, limitándose a usar argumentos genéricos sobre insuficiencia de antecedentes, cuando los informes médicos claramente establecen un cuadro depresivo y ansioso que requiere reposo hasta finales de 2024. Sostiene que el acto administrativo, al ser escueto y formal, genera una doble infracción: traslada indebidamente la carga probatoria al particular (vulnerando el principio de celeridad del artículo 7° de la Ley N°19.880) e infringe la obligación de motivar adecuadamente las decisiones (artículo 41) y cita jurisprudencia al efecto. Además, señala que la Superintendencia incumplió la obligación legal de informar sobre los recursos procedentes contra la resolución, sus plazos y órganos competentes para conocerlos, conforme exige el artículo 41 inciso cuarto de la misma ley. Finalmente, alega que la Resolución Exenta N° R-01-UME-30802-2025, al rechazar injustificadamente sus licencias médicas, vulnera dos derechos constitucionales: el derecho a la integridad física y psíquica (artículo 19 N°1), pues agrava su trastorno ansioso-depresivo y alimentario; y el derecho de propiedad (artículo 19 N°24), al privarla del subsidio por licencia médica que constituye una remuneración sobre la cual tiene derecho de propiedad. Pide, se deje sin efecto el acto administrativo singularizado, y que la Superintendencia de Seguridad Social ordene el pago de la licencia médica anteriormente rechazada, o en subsidio decrete el o los peritajes pertinentes para los efectos de determinar la procedencia o no de ésta, dictando en su oportunidad una nueva resolución que cumpla con la debida fundamentación, o las providencias que S.S.I. estime conforme a derecho. A folio 6, informa la recurrida Superintendencia de Seguridad Social, alegando en primer lugar, la improcedencia de la acción, en atención a que se trata de materias de seguridad social, establecidas en el numeral 18 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, lo que no está amparado por la acción cautelar que motiva estos autos. En subsidio, informa en cuanto al fondo del recurso, solicitando su rechazo con costas. Refiere que consta en el expediente administrativo que la Sra. Gutiérrez recurrió ante la Superintendencia, mediante presentación de 17 de enero de 2025, reclamando por cuanto la Subcomisión Viña del Mar - Quillota - Compin Región de Valparaíso, confirmó el rechazo de las licencias médicas N°s 19626309-8, 110182069-2, 110968406-2, extendidas por un total de 59 días a contar del 19 de octubre de 2024, emanado de la Isapre Cruz Blanca S.A., por reposo no justificado. Afirma que, tras estudiar el caso, concluyó que el reposo prescrito en las licencias médicas N°19626309-8 y 110182069-2 no estaba justificado, pues los informes médicos aportados no demostraban el rol terapéutico del reposo, no detallaban ajustes al tratamiento farmacológico ni mencionaban terapias pendientes relacionadas con el reintegro laboral. Estos antecedentes insuficientes impidiero

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se declara que: I. Se rechaza, la alegación de improcedencia deducida por la Superintendencia de Seguridad Social. II.- Se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Carolina Gutiérrez Altamirano, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1227-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Carolina Gutiérrez Altamirano, patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por la dictación de la Resolución Exenta N° R-01-UME-30802-2025 de 11 de marzo de 2025, que confirmó el rechazo de l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica