M C/ JESÚS ALFONSO ROJAS ALVAIREZ Y JULIÁN MAURICIO HERRAN VARGAS.
Rol
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
USURA. ART. 472.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención al bien jurídico protegido y forma de comisión del delito, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de nueve de junio del año en curso, dictada en los autos RIT 1578-2025, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la prisión preventiva de los imputados Jesús Alfonso Rojas Alvairez y Julián Mauricio Herrán Vargas. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 1965-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 1965-2025 Penal Ruc: 2500780925-8 RIT: 1578-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministros señora Alondra Castro Jiménez y señora María Alejandra Rojas Contreras y abogado integrante señor Adelio Misseroni Raddatz Relator: Camila Galle Aravena Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Pamela
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica