SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACIÓN DE CREDITOS COMERCIALES S.A./ESPARZA
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante el veintiocho de abril de dos mil veinticinco (folio N° 34), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 33). Comuníquese. N°Civil-8333-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante el veintiocho de abril de dos mil veinticinco (folio N° 34), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 33). Comuníquese. N°Civil-8333-2025.
Texto Completo (Preview)
vvv C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Vistos: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del m
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