ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Varinia Jara Bravo, en contra de la resolución de fecha nueve de abril del año dos mil veinticinco, escrita a folio 26 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-297-2025.(acl)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Varinia Jara Bravo, en contra de la resolución de fecha nueve de abril del año dos mil veinticinco, escrita a folio 26 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-297-2025.(acl)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Varinia Jara Bravo, en contra de la resolución de fecha nueve de abril del año dos mil veinticinco, escrita a folio 26 en el expediente digital, por im
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