MUNICIPALIDAD DE PIRQUE / ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Rol
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos: Que, advirtiendo el tribunal que la insuficiencia argumentativa de la decisión del tribunal a quo que no permite comprender su justificación ni la condena del infractor, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 84 inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil, se anula la sentencia dictada el dieciocho de abril de dos mil veinticuatro, lo obrado en autos con posterioridad a ella, y se retrotrae el estado de la causa a fin de que juez no inhabilitado se pronuncie como en derecho corresponda de la denuncia interpuesta por la Dirección de Obras Municipales de Pirque. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Liliana Mera Muñoz, quien, estuvo por entrar a conocer del fondo del asunto, atendido lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 18.287, con el fin de no retardar aun más la tramitación de la presente causa, aun cuando desde todo punto de vista la sentencia de autos es deficiente por carecer de toda fundamentación. Regístrese y devuélvase. N° 240-2024 Policía Local
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, trece de junio de dos mil veinticinco Al escrito folio N°18: téngase presente. Vistos: Que, advirtiendo el tribunal que la insuficiencia argumentativa de la decisión del tribunal a quo que no permite comprender su justificación ni la condena del infractor, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 84 inciso cuarto del Código de Procedimiento Civil, se anula la sente
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