CONSEJO NACIONAL DE TELEVISION/TAVOLARI
Rol
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO - ACOGE RECUSACIÓN
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado don Mauricio Muñoz Gutiérrez, en representación del Consejo Nacional de Televisión ha promovido incidente de recusación respecto de la Abogada Integrante de la Excma. Corte Suprema, señora Pía Tavolari Goycoolea, sustentado en la causal del artículo 196 N° 4 del Código Orgánico de Tribunales. 2° Que, con el fin de fundamentar la inhabilidad en comento, el articulista hizo presente que la señora Abogada Integrante precedentemente individualizada, en el contexto del recurso de queja que da origen a la presente solicitud -Rol N°60.131-2024-, manifestó el nueve de junio del año en curso que se encuentra afectada por la causal de recusación antes referida, respecto de la Universidad de Chile, parte recurrente en dichos autos. 3° Que, del examen de los antecedentes, se advierte que se satisfacen las exigencias del artículo 119 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, toda vez que el articulista ha hecho valer la causal legal de recusación antes mencionada, y apareciendo de los antecedentes acompañados, particularmente de la circunstancia que ha sido la propia señora Abogada Integrante quien manifestó que le afecta la referida causal de inhabilidad, no cabe sino declarar sin más trámite la referida recusación. Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación promovido por el Abogado don Mauricio Muñoz Gutiérrez, en representación del Consejo Nacional de Televisión, en causa ingresada ante el Máximo Tribunal bajo el rol N° 60.131-2024, para el conocimiento del recurso de queja que se sigue en dichos antecedentes. Consecuentemente, se declara la recusación de la Abogada Integrante de la Excma. Corte Suprema, señora Pía Tavolari Goycoolea, quien deberá abstenerse de intervenir en el asunto antes mencionado. Póngase esta declaración en conocimiento de la Excma. Corte Suprema y de la aludida señora Abogada Integrante, para los fines
Fallo
Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación promovido por el Abogado don Mauricio Muñoz Gutiérrez, en representación del Consejo Nacional de Televisión, en causa ingresada ante el Máximo Tribunal bajo el rol N° 60.131-2024, para el conocimiento del recurso de queja que se sigue en dichos antecedentes. Consecuentemente, se declara la recusación de la Abogada Integrante de la Excma. Corte Suprema, señora Pía Tavolari Goycoolea, quien deberá abstenerse de intervenir en el asunto antes mencionado. Póngase esta declaración en conocimiento de la Excma. Corte Suprema y de la aludida señora Abogada Integrante, para los fines señalados. Ofíciese. Regístrese y archívese. N°Civil-9537-2025. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada por el Ministro (S) señor Fernando Valderrama Martínez y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
mbaa C.A. de Santiago Santiago, trece de junio de dos mil veinticinco. Al folio N° 1: a lo principal y primer otrosí, estese a lo que se resolverá; al segundo otrosí, a sus antecedentes; al tercer, cuarto y quinto otrosíes, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1° Que el abogado don Mauricio Muñoz Gutiérrez, en representación del Consejo Nacional de Televisión ha promovido incidente de rec
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