MINISTERIO PUBLICO C/ NN
Rol
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso interpuesto por el abogado Fernando Echeverría Figueroa, en contra de la resolución de fecha cinco de junio de dos mil veinticinco, que consta en la carpeta digital.. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-738-2025.(jog)
Fallo
se declara ABANDONADO el recurso interpuesto por el abogado Fernando Echeverría Figueroa, en contra de la resolución de fecha cinco de junio de dos mil veinticinco, que consta en la carpeta digital.. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-738-2025.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, trece de junio de dos mil veinticinco. Al folio N° 4: Téngase presente. Al folio N° 5: A lo principal, al primer y segundo otrosí: Téngase presente. VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso interpuesto por el abogado Fernando Echeverría
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