BERLANDO CAILLE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparecen los abogados Sres. Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, quienes interponen recurso de amparo en representación y a favor de don Berlando Caille, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.588.509-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 24587726, de 19 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días, lo que estima ilegal, pues vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Exponen que el amparado solicitó residencia definitiva el 22 de abril de 2022 adjuntando toda la documentación necesaria. Señalan que finalmente fue notificado de la Resolución Exenta N° 24587726, de 19 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días, fundada en la causal de no haber remitido comprobante de pago de la multa por residir en el país con permiso de residencia vencido. Hacen presente que al momento de recibir la notificación previo rechazo, pagó la sanción por días de residencia irregular, y que al ingresar nuevamente al portal de la recurrida, observó que no tenía ninguna multa pendiente, por lo que estimó que había enterado el pago correctamente. Reclaman que la decisión es desproporcionada e injusta, pues el amparado cuenta con arraigo laboral Chile, toda vez que se desempeña como trabajador desde el año 2022 a la fecha. En cuanto al derecho, invocan las normas consagradas en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, desarrollando la manera en que esta garantía ha sido conculcada, citando jurisprudencia atingente en apoyo de su postura. Solicitan concretamente se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24587726, de 19 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo solicitado mediante esta acción es que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 24587726, de 19 de diciembre de 2024, mediante la cual el Servicio rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días y, en su lugar, se reabra el procedimiento a fin de efectuar una nueva revisión documental, resolviendo luego conforme a derecho su solicitud. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados, aparece que la recurrida rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado y dispuso su abandono del país, por no haber acompañado el comprobante de pago de la multa por residir irregularmente en el país. Cuarto: Que, de conformidad con el artículo 88, numeral 1º, de la Ley Nº21.325, constituye causal de rechazo de la solicitud de residencia no cumplir con los requisitos de cada categoría y subcategoría migratoria. Quinto: Que, en mérito de la notificación previa de 10 de julio de 2024 y de la resolución exenta de 19 de diciembre del mismo año, que rechazó la residencia del actor y que ordenó el abandono del país, se advierte que el acto impugnado por esta vía se ajusta a la legalidad, en el entendido que el recurrente no acreditó haber pagado la multa por residir irregularmente en Chile, conforme lo establece el artículo 107 de la citada ley. Sexto: Que, el rechazo de la solicitud no resulta ilegal, porque se fundó en una causal contemplada en la ley y previo apercibimiento al amparado, sin que acompañara dentro del procedimiento administrativo regulado para tal fin, ni durante la tramitación de estos autos, el pago solicitado, lo que lleva al rechazo del recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de don Berlando Caille en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Donoso Ocampo, quien fue del parecer de acoger el presente arbitrio, teniendo presente los siguientes motivos: 1) Que, si bien consta que la solicitud del recurrente fue rechazada por no haber adjuntado el comprobante de pago de la multa consagrada en el artículo 107 de la ley 21.325, lo cierto es que el actor efectuó un pago en la etapa administrativa, que, si bien, no constituye propiamente aquella cuya omisión se reprocha, constituye una justa causa de error que permite establecer su intención de enterar el pago requerido. 2) Que, lo resuelto no consideró que el actor presenta arraigo laboral en Chile, toda vez que, se ha desempeñado como trabajador desde el año 2022 a la fecha, según ha acreditado mediante su contrato de trabajo, certificado de cotizaciones previsionales y su certificado de antigüedad laboral. 3) Que, el acto administrativo recurrido también amenaza la libertad personal del actor, puesto que, de no cumplirse voluntariamente, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión, ocasionando un daño al amparado en su desarrollo personal y familiar en Chile. Regístrese, notifíques
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparecen los abogados Sres. Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Contreras Roa, quienes interponen recurso de amparo en representación y a favor de don Berlando Caille, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.588.509-8, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictaci
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