GUINCUIS CHARNEY JAVIER Y OTROS/ BRAVO MARÍN SERGIO
Rol
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
LIQUIDACIÓN SIMPLIFICADA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos invocados por el tribunal del grado, en particular, la falta de acreditación respecto al porcentaje de los derechos a rematar que corresponderían a la cónyuge no deudora, atendida la existencia de una comunidad de bienes, sin constar la liquidación de la sociedad conyugal, no impidiendo la decisión impugnada el posterior ejercicio de derechos por parte de la tercero referida, y conforme lo dispuesto en el artículo 199 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución de ocho de enero de dos mil veinticinco, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase vía interconexión. Rol No.77-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
La Serena, trece de junio de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los fundamentos invocados por el tribunal del grado, en particular, la falta de acreditación respecto al porcentaje de los derechos a rematar que corresponderían a la cónyuge no deudora, atendida la existencia de una comunidad de bienes, sin constar la liquidación de la sociedad conyugal
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