JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP. C/ FREDDY ERNESTO MEDINA VILLEGAS.

Rol

Fecha

13 de junio de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, con el mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia respectiva, se desprende que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Segundo: Que, en cuanto a la pertinencia y proporcionalidad de la medida cautelar de prisión preventiva del imputado, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la gravedad del delito, bien jurídico protegido, la naturaleza y cantidad de la droga incautada y la circunstancia de no contar con irreprochable conducta anterior, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución dictada en audiencia de once de junio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, y

Fallo

se declara que se impone la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Freddy Ernesto Medina Villegas. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-1940-2025

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San Miguel, trece de junio de dos mil veinticinco Sala: Segunda Sala Rol Corte: 1940-2025 Penal. RIT: 4117-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relatora: Camila Galle Aravena Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP. C/FREDDY ERNESTO MEDINA VILLEGAS Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: tráfico ilícito de drogas Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 3 y 4) San M

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