FISCALIA ARICA C/ JUAN ALBERTO GUZMAN ALVAREZ
Rol
Fecha
12 de junio de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, especialmente lo que dice relación con el video exhibido en la audiencia de formalización, la ausencia de advertencia de un tatuaje en el costado derecho del cuello de quien aparece en el video y las circunstancias de que la droga encontrada al imputado es de distinta naturaleza que aquella pesquisada al supuesto comprador en el mes de abril del presente año, hacen decaer las presunciones que en torno a ellos podían justificar la existencia del delito por ahora, razón por la cual se revocará la resolución de tres de junio recién pasado que decretó la prisión preventiva de Juan Alberto Guzmán Álvarez, por inconcurrencia –hasta ahora– de los presupuestos de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y teniendo únicamente en consideración el recurso interpuesto por la defensa, se impondrá a dicho imputado la cautelar del arresto domiciliario total. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 416-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a doce de junio de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 416-2025 Penal Ruc: 2500345802-7 RIT: 3717 - 2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señora Claudia Arenas González, Ministro (S) señor Héctor Gutiérrez Massardo y Abogada Integrante, señora Sandra Negretti Castro. Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitad
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica