SIN INFORMACION

HUAIQUIPAN BUSTOS FRANCISCO IGNACIO/DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE (NP)

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en favor de Francisco Ignacio Huaiquipán Bustos, interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por haber excluido al amparado del listado de postulantes al beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2025, lo que, a su juicio, constituye una vulneración a la garantía constitucional establecida en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Señala que su representado cumple actualmente una condena de doce años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de homicidio simple, pena que comenzó a cumplir en octubre de 2019 y que finalizará en octubre de 2029. Añade que desde el inicio de su condena ha mantenido más de ocho bimestres de conducta calificada como “muy buena”, y que, de acuerdo con el régimen normativo aplicable al momento de los hechos por los cuales fue condenado, habría cumplido con el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional en octubre de 2024, y a la salida dominical desde octubre de 2023. El recurso expone que, no obstante lo anterior, con motivo de la entrada en vigencia de la Ley N.º 21.483, Gendarmería de Chile estimó aplicable el nuevo régimen legal, fijando como fecha de cumplimiento del tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el mes de octubre de 2025. En contra de esa interpretación fue interpuesto un primer recurso de amparo ante esta Corte, que fue rechazado; sin embargo, la Corte Suprema revocó dicha resolución mediante fallo de fecha 24 de abril de 2025, dictado en causa Rol N.º 13.194-2025, estableciendo que al amparado le resulta aplicable el Decreto Ley N.º 321, en su versión previa a la modificación introducida por la Ley N.º 21.483, en virtud del principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, conforme a los artículos 6º, 7º y 19 N.º 3 de la Constitución Política y a los Tratados Internacionales suscritos por Chile, como la Convención Americana sobre Dere

Fundamentos

considerando que el éste cumple con la exigencia de tiempo mínimo, se pronuncie sobre el cumplimiento de los demás requisitos para su postulación a la libertad condicional y, en el evento de satisfacerlos, remita los antecedentes de Huaiquipán Bustos a la Comisión de Libertad Condicional para que ésta se constituya en forma extraordinaria y resuelva sobre su postulación al beneficio. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Amparo N°1807-2025.

Fallo

fallo de fecha 24 de abril de 2025, dictado en causa Rol N.º 13.194-2025, estableciendo que al amparado le resulta aplicable el Decreto Ley N.º 321, en su versión previa a la modificación introducida por la Ley N.º 21.483, en virtud del principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, conforme a los artículos 6º, 7º y 19 N.º 3 de la Constitución Política y a los Tratados Internacionales suscritos por Chile, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Pese a ello, Francisco Ignacio Huaiquipán Bustos no fue incluido en los listados de postulantes al beneficio de libertad condicional del primer semestre de 2025, a pesar de cumplir con los requisitos establecidos por la normativa anterior, vulnerándose nuevamente su derecho a la libertad personal y seguridad individual. El recurso se funda en lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, en relación con los artículos 5º, 6º, 7º y 19 N.ºs 1, 2 y 3 del mismo texto, así como en las normas contenidas en el Decreto Ley N.º 321 y su reglamento, el Decreto N.º 338. Solicita se acoja el recurso, ordenando a la Comisión de Libertad Condicional del Primer Semestre de 2025 convocar a sesión extraordinaria a fin de resolver sobre la postulación del amparado, o, en subsidio, se ordene restablecer el derecho vulnerado por Gendarmería de Chile. Segundo: Que Sandra Araya Naranjo, ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, revisados los antecedentes disponibles en Secretaría Criminal, correspondie

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de junio de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que Ricardo Bravo Cornejo, abogado, en favor de Francisco Ignacio Huaiquipán Bustos, interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por haber excluido al amparado del listado de postulantes al beneficio de libertad condicional correspondiente al primer semestre del año 2025, lo que

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