SIN INFORMACION

RODRIGUEZ GOMEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de junio de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Peñaloza Parra, quien deduce acción constitucional de protección en favor de Luis Antonio Rodríguez Gómez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°25.939.443-0, domiciliado para estos efectos en Chiloé 5674, Comuna San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones representado por su Director Nacional, don Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización formulada el 6 de octubre de 2022, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Indica que fue notificado que su solicitud estaba incompleta y que debía subsanar la falta en un plazo de 60 días hábiles, lo que afirma haber cumplido sin haber recibido comunicación alguna con posterioridad a aquello. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada en un plazo de 30 días o el que esta Corte determine, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que informa al tenor del recurso el Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita el rechazo del mismo por ser improcedente. Expone que el 6 de octubre de 2022, presentó una solicitud de carta de nacionalización. Mediante la Comunicación electrónica folio N° 41657778 de 3 de julio de 2023 le solicitó acompañar certificado de antecedentes del país de origen legalizado y certificados del Servicio de Impuestos Internos que acreditara el cumplimiento de obligaciones tributarias. Se otorgó un plazo de 60 días hábiles para subsanar, bajo apercibimiento de tener por desistida la solicitud. Añade que el recurrente presentó la documentación requerida pero incompleta, volviendo a requerírsele me

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Luis Antonio Rodríguez Gómez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 686-2025 Protección. En San Miguel, trece de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, trece de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Peñaloza Parra, quien deduce acción constitucional de protección en favor de Luis Antonio Rodríguez Gómez, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°25.939.443-0, domiciliado para estos efectos en Chiloé 5674, Comuna San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Mig

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