5º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SANTIAGO

IMPORTADOR AMIGO LIMITADA/LEAL - (CUSTODIA N°935-2025)

Rol

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos tercero, cuarto, quinto y octavo, que se eliminan. Y teniendo, además, presente: 1° Que, del mérito de los antecedentes colacionados en el proceso no es posible adquirir la convicción necesaria para poder determinar la responsabilidad de quien no respetó la señal luminosa del semáforo, cuestión que resultaba fundamental para dirimir la litis. En efecto, cada conductor le atribuye al otro el haber desconocido la luz roja del semáforo y que a consecuencia de tal infracción se produjo la colisión. Si bien se presentó el testimonio de personas que dijeron haber presenciado la colisión, no puede darse crédito a ninguna de ellas toda vez que ninguna, en primer lugar, aparece mencionada en el parte policial respectivo ya sea como ocupante de alguno de los vehículos involucrados o simple peatón en los alrededores del lugar donde ocurrió el hecho. Asimismo, sus versiones no resultan categóricas desde que, a su vez, ellas se contradicen, por lo que careciendo de otros elementos de juicios han de ser todas desestimadas. 2° Que, en tales circunstancias no pudiéndose atribuir la responsabilidad a alguno de los conductores por la infracción de la respectiva norma del tránsito que impone respetar las señales luminosas del semáforo, ni tampoco contando con otro antecedente que permita atribuirles la causa basal del hecho, ambos han de ser absueltos de la denuncia reciproca deducida en autos y, en consecuencia, tampoco puede prosperar la acción civil ejercida en base a la supuesta responsabilidad infraccional antes referida.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de veintiocho de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 5° Juzgado de Policía Local de Santiago, en la causa Rol M-15945-2019 y en su lugar se declara que se absuelve a los conductores Yu Gu y Valeria Leal Leal; y asimismo, se rechazan las demandas civiles interpuestas por Importadora Amigo limitada y por doña Valeria Leal Leal, sin costas. Regístrese y devuélvase. N° 472-2023 Policía Local

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos tercero, cuarto, quinto y octavo, que se eliminan. Y teniendo, además, presente: 1° Que, del mérito de los antecedentes colacionados en el proceso no es posible adquirir la convicción necesaria para poder determinar la responsabilidad de quien no respetó la señal lumino

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