SINDICATO DE ESTABLECIMIENTO DEL ESTAMENTO DE SUPERVISORES CON COMPAÑÍA MINERA CERRO COLORADO LIMITADA
Rol
Fecha
12 de junio de 2025
Materia
CUMPLIMIENTO LABORAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE que las partes de estas causas son el sindicato que representó a los trabajadores y la compañía minera; que los finiquitos suscritos por los trabajadores lo fueron sin reserva de derechos por parte de éstos, que los mismos se acordaron en el período que medió entre el fallo de primera instancia y aquel que se pronunció sobre el recurso de unificación de jurisprudencia,
Fundamentos
considerando el efecto liberatorio de los documentos en cuestión, y lo dispuesto en los artículos 177, 473 y 476 del Código del Trabajo, SE REVOCA la sentencia apelada de dos de abril de dos mil veinticinco, y en su lugar se acoge la excepción de transacción opuesta por la Compañía Minera Cerro Colorado Limitada, respecto de las prestaciones establecidas para los trabajadores indicados que pertenecían al Sindicato de Establecimiento del Estamento Supervisores de la Compañía. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Provoste quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, por sus propios los argumentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° Laboral - Cobranza-99-2025.
Fallo
fallo de primera instancia y aquel que se pronunció sobre el recurso de unificación de jurisprudencia, considerando el efecto liberatorio de los documentos en cuestión, y lo dispuesto en los artículos 177, 473 y 476 del Código del Trabajo, SE REVOCA la sentencia apelada de dos de abril de dos mil veinticinco, y en su lugar se acoge la excepción de transacción opuesta por la Compañía Minera Cerro Colorado Limitada, respecto de las prestaciones establecidas para los trabajadores indicados que pertenecían al Sindicato de Establecimiento del Estamento Supervisores de la Compañía. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Provoste quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, por sus propios los argumentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° Laboral - Cobranza-99-2025.
Texto Completo (Preview)
Iquique, doce de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE que las partes de estas causas son el sindicato que representó a los trabajadores y la compañía minera; que los finiquitos suscritos por los trabajadores lo fueron sin reserva de derechos por parte de éstos, que los mismos se acordaron en el período que medió entre el fallo de primera instancia y aquel que se pronu
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